|18/01/24 11:56 AM

Aceiteros acordaron un salario inicial de casi 1.000.000 de pesos desde enero

Los sindicatos del sector también definieron con las patronales un incremento de la suma extraordinaria y no remunerativa anual que perciben desde el 2010, cuyo valor se actualizó a $644.010

Por Redacción

18 de enero, 2024 - 11:56

Si hay una paritaria que es seguida con atención por buena parte de los trabajadores formales, es la de los aceiteros, los cuales trabajan y negocian con uno de los sectores más poderosos y rentables de la economía argentina: los agroexportadores.

Es por eso que llamó la atención, o no tanto a esta altura, que el gremio acordara un básico de casi 1.000.000 de pesos para el peón aceitero.

Así, la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina (FTCIODyARA), alcanzó un acuerdo con las patronales nucleadas en CIARA-CEC, CIAVEC y CARBIO que lleva el salario básico inicial a 992.161,89 pesos y que rige a partir de enero para las y los trabajadores amparados por el Convenio Colectivo de Trabajo 420/05.

En una negociación realizada de manera conjunta con los paritarios del Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros de San Lorenzo (SOEA), Santa Fe, y en cumplimiento de la cláusula cuarta del acuerdo de cierre de la Paritaria 2023 y tercera del acta de inicio de la Paritaria 2024, las partes se reunieron para reajustar los valores de las escalas vigentes a diciembre hasta alcanzar el porcentaje del índice de Precios al Consumidor total para dicho período, cerrando el año paritario 2023 con un incremento porcentual de 211,4%, idéntico al índice de inflación anual.

Sobre las escalas resultantes de ese reajuste, se aplicó el incremento acordado para el año 2024 del 41% de acuerdo a las categorías y valores que surgen de las escalas del Convenio Colectivo de Trabajo. Todo ello eleva el salario básico para la categoría inicial, la de peón, a 992.161,89 pesos.

El planteo de los gremios estuvo fundado en el derecho a un Salario Mínimo, Vital y Móvil, según su definición en el artículo 14 bis de la Constitución nacional, y el 116 de la Ley de Contrato de Trabajo: que asegure a los trabajadores en su jornada legal de trabajo la satisfacción de las 9 necesidades allí contempladas (alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión).

De igual manera, y por la misma causa que el reajuste salarial, se acordó incrementar proporcionalmente la suma extraordinaria y no remunerativa, cuyo valor se actualizó a 644.010,07 pesos para todos los trabajadores aceiteros encuadrados en el Convenio Colectivo.

Se trata de un pago extraordinario anual que se otorga desde el 2010 y que desde la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina se imputa como participación en las ganancias.

Los gremios aceiteros, además, ratificaron su adhesión al paro nacional de la CGT dispuesto para este 24 de enero: “Porque no estamos dispuestos a perder esos derechos, por la dignidad de nuestras familias, por el Salario Mínimo Vital y Móvil, según su definición constitucional y legal, que es derecho de toda la clase trabajadora argentina”.

Con información de El Ciudadano de Rosario