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Aumentan los aportes para los empleados del servicio doméstico

La medida fue publicada en el Boletín Oficial y regirá a partir de junio. Conocé cómo quedan los montos

Por Redacción

18 de mayo, 2021 - 13:16

El Gobierno Nacional definió aumentar los aportes por jubilación y obra social que deben pagar los empleadores del personal doméstico y ya lo hizo oficial mediante la Resolución General 4993/2021, que fue publicada este martes en el Boletín oficial.

En ese sentido la medida lleva la firma de la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, y cumple con el ajuste de montos de las cargas previsionales de los trabajadores de casas particulares según la cantidad de horas trabajadas por semana y su condición, es decir, si es un trabajador activo o jubilado. Estos montos son los que el día de mañana permiten acceder a la jubilación y cobertura de salud.

Desde la AFIP consideraron "necesario" el incremento de los aportes y contribuciones destinados al Régimen de Seguridad Social, dese mayo a diciembre de 2021, con el fin de "mantener el financiamiento de los subsistemas de la seguridad social y garantizar el goce de las prestaciones por parte de quienes se encuentran comprendidos en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares".

A su vez comunicaron que los nuevos valores empiezan a regir con los sueldos que se pagan en junio.

De esa manera y con la resolución publicada, la entidad publicó los nuevos montos a pagar según la cantidad de horas y la categoría del trabajador.

Montos de los aportes a partir de junio

Trabajadores mayores de 18 años

  • Menos de 12 horas trabajadas: $464,22
  • 12 horas y menos de 16: $764,14
  • 16 horas o más: $2.232,98

Trabajadores menores de 18 pero mayores de 16 años

  • Menos de 12 horas trabajadas: $423,87
  • 12 horas y menos de 16: $683,46
  • 16 horas o más: $2.115,30

Trabajadores jubilados

  • Menos de 12 horas trabajadas: $349,90
  • 12 horas y menos de 16: $552,31
  • 16 horas o más: $824,11

¿Cómo se pagan los aportes?

En el servicio de casas particulares de AFIP se encuentran los montos con los vencimientos y los empleadores pueden elegir entre dos opciones para el pago. Puede ser de forma electrónica con un Volante Electrónico de Pagos (VEP), desde la página web, y seleccionando una entidad bancaria o mediante pago manual completando los formularios disponibles en la página.

Podés conocer más información acá.