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Edad mínima de consentimiento sexual: ¿qué dice la ley argentina?

Cualquier acto sexual con menores de edad es delito, pero existen diferencias de carátula teniendo en cuenta la edad de la víctima

Por Redacción

31 de marzo, 2023 - 11:38

Los recientes hechos que se dieron a conocer con relación a los actos sexuales con menores de edad que tienen como protagonista al humorista, músico y conductor Jey Mammondejaron al descubierto un detalle: por debajo de los 18 años hay dos categorías para diferenciar las carátulas del delito.

Cualquier acto sexual con menores de 13 años es considerado violación, mientras que desde los 13 a los 16 rige el delito de estupro si es que se aprovechó de la inmadurez sexual del niño, niña o adolescente.

 

"Que la edad de consentimiento sexual en Argentina sea a partir de los 13 años no significa que luego de esa edad cualquier acto sexual quede impune", explicó el abogado Juan Facundo Hernández, defensor adjunto de la Defensoría de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. "Allí aparece el estupro, que no es otra cosa que aprovecharse de la inmadurez sexual del menor", agregó en declaraciones a la agencia Télam.

 

De esta manera, siguiendo la palabra del profesional, "cualquier adulto que tenga una relación con un joven no es impune, aunque hubiera consentimiento. Una cosa es una relación entre una persona de 16 o 17 años con una de 15, y otra distinta cuando una persona de 32 tiene relación con una de 15".

 

El delito de estupro está regulado por el artículo 120 del Código Penal, e implica mantener una relación con una persona entre 13 y 16 años "aprovechándose de su inmadurez sexual, en razón de la mayoría de edad del autor, su relación de preeminencia respecto de la víctima, u otra circunstancia equivalente".

Leandro Días, jurista especializado en Derecho Penal, indica que "el objetivo del delito de estupro es evitar potenciales abusos sexuales, incluso si en el caso concreto no lo hubo. Es un delito de peligro concreto, no de lesión". Días agrega que "la diferencia de edad con la víctima es un indicio de que pudo haber un estupro, pero no es un requisito necesario". 

 

 

Marisa Graham, abogada, agregó que "la Convención sobre los Derechos del Niño dice que todas las personas menores de 18 años son titulares de una protección especial de sus derechos, porque son esencialmente vulnerables. En general, porque dependen del mundo adulto. Los niños pueden verse obligados a hacer cosas que no quieren o no pueden resistirse por distintas relaciones de jerarquías, o de poder".

 

Graham explica que las agravantes del Código Penal están relacionadas con si son familiares, policías, docentes, un confesor, alguna persona que ejerza cierta ascendencia sobre los niños y niñas.

 

Marisa Graham, abogada

Cualquier acto sexual sin consentimiento es considerado abuso sexual, pero las relaciones con menores de 13 son consideradas violación. "La edad de consentimiento mínima en Argentina es de 13 años, por lo que se considera que las personas de menor edad carecen de capacidad para consentir", agrega Leandro Días.

 

Las penalidades

El artículo 119 del Código Penal prevé penas entre seis meses y 15 años para quien abuse sexualmente de una persona cuando es menor de 13 años, considerando penas más altas cuando se prueba un sometimiento sexual gravemente ultrajante, o acceso carnal.

La corrupción de menores, contemplada en el artículo 125, castiga con reclusión o prisión de tres a diez años a quienes lleven adelante este delito contra menores de 18 años, y de quince años si la víctima es menor de 13 años.