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Fiestas clandestinas en Mendoza: es ley el proyecto que pena con cárcel obligatoria

La Cámara Alta aprobó en mayoría la modificación al Código Contravencional que incluye la figura de "incumplimiento de normativa de emergencia en materia sanitaria", endureciendo el castigo para quienes incumplan lo dispuesto durante la emergencia sanitaria

Por Redacción

14 de julio, 2020 - 13:54

Antes del 20 de julio, Día del Amigo, el Gobierno provincial logró que se aprobara en la ‘Casa de las Leyes’, es decir que tenga el consenso mayoritario y afirmativo finalmente, el proyecto que castiga con cárcel a quienes organicen encuentros o juntadas clandestinas que violen la cuarentena. (ver: Las opciones para festejar el Día del Amigo en medio de la cuarentena).

Con 22 votos afirmativos, 3 negativos y 13 abstenciones en la Cámara de Senadores, se convirtió en ley la modificación al Código Contravencional para castigar a quienes organicen reuniones clandestinas, en este tiempo de pandemia, es decir mientras dure la emergencia sanitaria.

La modificación al Código Contravencional incluye la figura de "incumplimiento de normativa de emergencia en materia sanitaria".

El pena ahora, establece una pena de entre 15 y 30 días de prisión o trabajo comunitario desde 60 a 80 días para aquellos violen la cuarentena en la provincia de Mendoza y organicen eventos clandestinos. A su vez, en caso de reincidencia la sanción se elevará al doble de su mínimo y máximo.

El proyecto aprobado anuncia que “en virtud de los cambios producidos en la situación epidemiológica de la Provincia, y habiendo constatado ciertos incumplimientos respecto de las normas generales”, y “atento a la naturaleza estratégica en materia de control y prevención de la expansión del Virus”, es que “resulta necesario contar con una herramienta jurídica idónea para sancionar a quienes incumplen la normativa dispuesta por la autoridad provincial en materia de reuniones”.

El Ejecutivo busca de esta manera que haya una sanción ejemplificadora para quienes no se abstengan a respetar el límite de lo demarcado en la emergencia sanitaria. Según entienden desde el oficialismo, la violación de las normas establecidas, no solo pone en peligro a toda la sociedad de la posible propagación de coronavirus, sino que además atenta contra los beneficios logrados hasta el momento, es decir que en caso de que la situación se agrave, se deberá dar marcha atrás con flexibilizaciones que están directamente vinculadas a aspectos sociales y económicos, remarcaron desde el oficialismo.

 

Lo que está permitido

Cabe destacar que el decreto actual, autoriza reuniones familiares con hasta un máximo de diez (10) personas con "parentesco en razón de la naturaleza, las técnicas de reproducción humana asistida, la adopción o la afinidad, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral" y solo los días domingos de 11 a 19 hs.

También se permiten reuniones en bares o restaurantes, en este caso no hace falta relación de parentezco pero sí que se haga una reserva previa (de hasta seis personas) y que la persona que la realiza, tenga un DNI terminado en el día habilitado para poder circular, en este caso para poder asistir a dicho sitio. El evento podrá extenderse hasta las 23 hs en dicho sitio. 

Otra opción válida es la de visitar algún sitio turístico de Mendoza (salvo de San Rafael), en este caso también rige la terminación del DNI para quien hace la reserva y en caso de que que se alquile una cabaña, no es necesaria la relación de parentezco pero si que no sean más de 10 personas las que se encuentra en el sitio y que se tengan todos los datos de los presentes, además de que respeten los protocolos sanitarios correspondientes: la distancia recomendada entre los presentes, no compartir elementos personales, cuidar la higiene y el uso obligatorio del tapabocas.