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Jubilados y pensionados: cómo nombrar un apoderado para trámites

Los apoderados pueden sacar turnos, hacer trámites por Internet o presenciales y hasta cobrar los haberes mensuales

10 de abril, 2021 - 20:22

Todas las personas jubiladas y pensionadas tienen la posibilidad de nombrar a una persona apoderada, quien la ayudará al momento de hacer trámites.

Esta persona puede facilitar sus gestiones, sobre todo si la persona titular tiene dificultades para el uso de Internet o incluso a la hora de asistir de forma presencial a cualquier organismo.

A través de ANSES se puede designar a un apoderado/a con un trámite sencillo y en pocos pasos, presentando la documentación correspondiente. En esta nota de El Ciudadano te explicamos cómo hacer el trámite y todo lo que tenés que tener en cuenta.

Dos tipos de apoderados

Los apoderados pueden sacar turnos, hacer trámites en nombre de la persona titular y hasta cobrar los haberes mensuales. Es por eso que existen apoderados para trámites y para cobros, con leves diferencias entre uno y otro.

Vale aclarar que tanto las personas jubiladas como pensionadas pueden tener una persona apoderada.

Apoderado para trámites

En este caso, se puede designar como apoderado/a a:

  • Familiares: esposo/a, conviviente previsional, padres, abuelos, bisabuelos, nietos, hijos, tíos, primos, hermanos, suegros, yernos, nueras, etc.
  • Tutores o curadores nombrados legalmente.
  • Abogados o gestores registrados en ANSES.
  • Representante diplomáticos o consulares.

Apoderado para cobros

En el caso de un apoderado/a de cobro, se puede designar a:

  • Familiares: esposo/a, conviviente previsional, padres, abuelos, bisabuelos, nietos, hijos, tíos, primos, hermanos, suegros, yernos, nueras, etc.
  • Banco para cobro de jubilación o pensión en el caso de vivir en el exterior, pero la entidad tiene que tener la opción de "giro al exterior". Los bancos habilitados, según indica ANSES en su página web son: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A., Banco Comafi S.A. y Banco Itaú Argentina S.A.
  • Entidades Públicas nacionales, provinciales o municipales.
  • Directores o representantes de hospitales, sanatorios, geriátricos, entre otros privados o públicos para cobrar los haberes en nombre de la persona internada en la institución.
  • Representantes especiales por un tiempo determinado, cuando la persona se encuentra temporalmente incapacitada para movilizarse.
  • Mutuales e instituciones de asistencia social.
  • Abogados y procuradores con certificado ante escribano.

Es importante que las personas o entidades nombradas para cobrar sean de confianza y presenten todo lo necesario para evitar inconvenientes.

¿Quién puede ser apoderado/a? Requisitos

Para ser nombrado apoderado/a o representante, la persona debe ser mayor de 18 años. En el caso de ser menor, debe estar emancipado. Por el momento ANSES no indica otros requisitos, aunque sí determinada documentación a presentar.

Qué documentación presentar

Siempre deberán contar con DNI. Sin embargo, la documentación varía según el tipo de apoderado/a que se quiera designar, es decir de acuerdo con el tipo de relación familiar, entidad, procurador, etc.

  • Conviviente previsional: debe tener acreditada la relación como conviviente previsional. Este es un trámite que se realiza a través de Mi ANSES con clave de seguridad social, donde se pueden actualizar todos los datos y vínculos familiares, o llamando al 130.
  • Banco: se debe presentar el formulario PS 6.4 "Carta Poder" firmado y sellado por autoridad bancaria. Accedé al formulario haciendo click acá.
  • Tutor: presentar sentencia judicial original y copia donde se nombra al tutor como representante legal de un menor.
  • Curador: sentencia judicial original y copia donde se nombra al curador y se otorga la autorización para el cobro de la jubilación o pensión de la persona titular.
  • Abogado: presentar credencial vigente.

Cómo hacer el trámite

El trámite se puede realizar por Internet, a través de la página web de ANSES, o de forma presencial en una oficina cercana al domicilio.

En el caso de hacerlo por Internet, se deben seguir estos pasos:

1) Obtener la clave de seguridad social. La misma sirve para casi todos los trámites con ANSES, como es este caso. Para generar la clave, debés contar con el número de CUIL, que también es otorgado por ANSES. Creá tu clave haciendo click acá.

2) Ingresá con la clave en Atención Virtual y elegí la opción "Tramitar Poder" para empezar el trámite. Se deberá seguir los pasos, presentar la documentación y posiblemente seleccionar el tipo de apoderado/a. Una vez finalizado, se puede hacer el seguimiento en el sitio web o llamando al 130.

Atención virtual, click acá.

En el caso de hacer el trámite de forma presencial, se debe ingresar a la página web y sacar turno con una oficina que esté brindando atención al público. Podés conocer las oficinas en el listado oficial de sucursales. De todas formas, al estar en medio de la segunda ola de COVID-19, es conveniente llamar al 130 y consultar antes de sacar turno.

Aclaración: al entrar a la página para sacar turno, se verán dos opciones: número de CUIL del titular o número de CUIL del apoderado. Se debe colocar el número del titular, ya que justamente este trámite es para designar un apoderado/a.

Pedí turno haciendo click acá.