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Suarez ingresó el proyecto de Ley para la prohibición de equiparación de cargos

Entre los puntos más importantes del documento se emplaza a todos los organismos del Estado a regularizar la situación en un mes y además destaca que los saldos presupuestarios se destinarán a reforzar los cargos solicitados para el fuero de familia

Por Redacción

05 de marzo, 2020 - 17:51

El gobernador de Mendoza, Rodolfo Suarez, presentó este jueves en la Cámara de Senadores el proyecto de Ley que anunció el martes vía twitter, sobre la prohibición de equiparación de cargos y/o retribuciones al personal del Estado Provincial.

“Como es de conocimiento, ha tomado estado público recientemente la situación de un grupo de empleados que se han visto beneficiados con la inclusión en un régimen salarial que difiere de las tareas que efectivamente desarrollan”, señala el proyecto.

Además el texto suma: “Con el afán de terminar con situaciones irregulares en el seno del Estado -que no hacen más que alejar a la ciudadanía del ámbito natural de su representación- se impone la necesidad de profundizar los procesos de transformación para avanzar hacia un modelo estatal eficiente, donde los recursos de los contribuyentes se traduzcan en más y mejores servicios, al menor costo posible”.

El proyecto de ley señala que: “Establécese que ninguna norma o disposición podrá equiparar retribuciones por funciones y/o tareas distintas a las efectivamente prestadas por funcionario, empleado o contratado, bajo cualquier modalidad, que preste servicios en el ámbito del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, abarcando la Administración Pública Central Provincial, incluyendo sus reparticiones centralizadas, descentralizadas o autárquicas, cuentas especiales o sociedades del Estado o con participación estatal mayoritaria”.

En un mes todos los organismos del Estado deberán regularizar la situación 

“Suprimanse los cargos equiparados a magistrados en el Poder Judicial de la Provincia, con excepción de los funcionarios incluidos en Planilla Anexa N° 2-A de la Ley N° 4322, y siempre que hayan estado cumpliendo las funciones jurisdiccionales allí descriptas al 1 de febrero de 2020. En un plazo máximo de 30 (treinta) días a partir de la publicación de la presente, todos los organismos del Estado descriptos en el artículo 1º, deberán adecuar las situaciones irregulares existentes a lo dispuesto en el mismo, por imperio de esta ley”, agrega el documento.

Por otro lado, señala: “Autorícese a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias a fin de aplicar la presente ley, debiendo cumplir lo ordenado en el plazo de 30 (treinta) días desde su publicación”.

Acá el proyecto completo: