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Qué cambia con el retiro de normas que informó Caputo

En temas tan sensibles como jubilaciones, retenciones, ganancias y blanqueo, el Gobierno dio marcha atrás para buscar la aprobación del paquete de desregulación.

Por Redacción

27 de enero, 2024 - 08:57

El anuncio en conferencia de prensa del ministro de Economía, Luis Caputo, sobre la remoción de todo el capítulo fiscal de la ley ómnibus para tratar de que se aprueben el resto de las reformas en el Congreso es una movida muy fuerte, sobre todo teniendo en cuenta que se había endurecido el discurso oficial y se remarcaba la voluntad de no negociar nada.

“Ustedes lo han visto en las discusiones en el Congreso, hay un enorme consenso en que el resto del paquete es absolutamente beneficioso para el país, no veo ningún inconveniente en que se apruebe”, explicó el funcionario durante su exposición, y el detalle de los aspectos que se retiraron del paquete -una Ley Ómnibus que va quedando como una ley combi- está en línea con las demandas de muchos gobernadores y legisladores, que lo ponían como condición sine qua non para dar el sí.

 

Lo que se retiró

Se quitó el proyecto referido al impuesto a las Ganancias, que corría en proyecto por cuerda separada de Ley Ómnibus, y establecía que el tributo sería pagado por aquellos contribuyentes solteros que tengan ingresos brutos mensuales superiores a 1.250.000 pesos, y en el caso de los trabajadores casados con dos hijos, no pagaría con salarios hasta $1.590.062. El monto sería muy bajo por la multiplicidad de escalas y con actualización trimestral en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Con este sistema volverían a tributar unas 800 mil personas, y recordemos que el piso actual está en 1.980.000 pesos.

El Blanqueo de capitales también era tema polémico, y en la Ley Ómnibus se planteaba que estarían contemplados sujetos residentes y no residentes, con plazo para sumarse hasta el 30 de noviembre de 2024, y con tres etapas. En la primera, hasta el 31 de mayo, la penalidad por el ingreso al régimen será de 5%; una segunda, con fecha límite de pago hasta el 31 de agosto y un 10% de penalidad, y una última etapa, con una alícuota de 15%, y que terminará el último día de vigencia de la exteriorización de activos.

La Moratoria impositiva incluida en la Ley Ómnibus bajo el título de “Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social”. Incluiría obligaciones impositivas vencidas hasta el 30 de noviembre del año pasado y excluía deudas por ART, aportes y contribuciones a obras sociales, seguros de vida obligatorios, aportes a personal de casas particulares, entre otros.

Contemplaba, ante un pago al contado dentro de los 90 días desde que se implemente la medida, la AFIP determinará una condonación de deudas de 50%; pago en cuotas dentro de los 90 días implicará un descuento de 30%; y pago en cuotas a partir del día 91, un perdón de 10% del total. En todos los casos se descontará el 100% de las multas previstas.

El capítulo de Retenciones a las exportaciones fue el más rechazado por los gobernadores y elevaba los derechos de exportación hasta un piso de 15% para los productos vendidos al exterior que no pagaban nada. Para soja y sus subproductos (como harina o aceite) la alícuota iba a subir del 30 al 33 por ciento. Otros productos como hidrocarburos o minería mantendrían las tasas vigentes, aunque abría la puerta para incrementarlas, si lo necesitara, con un límite de 15 por ciento. Ahora todo queda sin efecto.

 

 

Jubilaciones

El artículo 106 del proyecto suspendía la aplicación de la fórmula de movilidad jubilatoria en vigencia, mientras facultaba al Gobierno a establecer una fórmula automática de ajuste “teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica”. 

“Hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”, era la prouesta, utilizada para actualizar los haberes por jubilaciones y pensiones, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, por ejemplo.

El paquete suspendía la vigencia para prestación básica universal, la compensatoria, el retiro por invalidez, por fallecimiento y por permanencia.

Varios puntos ya babían sido relegados en la negociación, como por ejemplo la potestad de fijar aumentos por decreto, y había accedido a que el incremento de los haberes previsionales se modificara a partir de abril de este año mediante la actualización por la inflación a través del IPC que publica el INDEC.

El martes volverá a sesionarse buscando acuerdo, ya sin los puntos más conflictivos en el cuerpo de la norma, tema que fue saludado por algunos sectores de la oposición que esperaban un paso como este.