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Proponen aplicar condenas por delitos graves a menores de 14

Aporte de un especialista al debate sobre la aplicación de sanciones penales graves a chicos que cometen asesinatos

Por Redacción

02 de abril, 2024 - 21:51

Una vieja discusión que lleva a expresarse a diversos sectores de la sociedad argentina es la edad en la que se debe aplicar las penas más severas de la legislación a los menores que cometen delitos graves como los homicidios. Círculo Político (Lunes a viernes de 14 a 16 por Ciudadano News 91.7) entrevistó al abogado penalista Jorge Monastersky.

 

 

El catedrático introdujo el tema apuntando a que el tema de la minoridad en mucho de sus aspectos han cambiado desde que se sancionaron el Código Penal en la década de los 20 del siglo pasado y después en 1980 la ley de responsabilidad penal juvenil.

"La sociedad reclama la aplicación de sanciones severas porque estamos ante delitos que antes no se cometían, además el tema de resonsabilidada penal de los menores en  caso de la comisión de delitos graves no implica solamente la cárcel, recordemos que en la actualidad entre los 16 y los 18 años el menor es responsable de los actos que penalmente comete y yo soy partidario de llevar de que hay que aplicar penas", explicó.

 

 

"Entre las alternativas que se consideran aparece la posibilidad de llevar el castigo a los 13 o 14 años", agregó.

Monastersky también se refirió al sistema carcelario en el cual se trata de que en primer lugar no compartan espacios los condenados por delitos muy graves con los que han cometido ilícitos de menor cuantía, como también a los reincidentes con los que delinquen por primera vez.

"Con respecto a los menores lo ideal es que no sean llevados a establecimientos carcelarios junto con los adultos porque son diferentes problemáticas, esto no es innovador porque ya se está aplicando en el mundo porquer los menores tienen otros motivos diferentes y se comortan diferente a los hace más de 40 años", amplió el entrevistado.

Por otra parte se refirió a que se debe considerar tambièn a los ilícitos menos graves donde no es necesario directamente la cárcel sino la aplicación de medidas como tareas comunitarias, probation, o juicios abreviados que implican penas en suspenso que son alternativas del derecho Penal.

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"Por eso no es posible que un menor que comente un delito hoy se lo devuelve a los padres sin ningún tipo de control cuando debería estar bajo tutela del Estado y hoy no lo está",aclaró.

Acerca de que el proyecto tenga respaldo político el penalista se refirió a las mal llamadas doctrinas garantistas "porque el garantismo se refiere al derecho a un juicio justo y el derecho a la defensa", aclaró y luego Monastersky se refirió a las cosnecuencias de la aplicación de los criterios difundidos por el exministro de la Corte Suprema Eugenio Zaffaroni y sus seguidores que eran abolicionistas es decir que no creen en la pena porque el delincuente es víctima de la sociedad.

 

 

Finalmente el entrevistado abundó en ejemplo de todas las normas constitucionales que son solo declarativas y que en la práctica nose cumplen como es el derecho a la vivienda digna refiriéndose también a los que se dice en materia carcelaria. Y posteriormente cerró refiriéndose a la actitud de darle prioridad a los delincuentes "pero yo estoy para defender a las víctimas".