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La Justicia y la sociedad debaten sobre aplicar o no la prisión perpetua

La Suprema Corte de Mendoza realiza una audiencia pública para determinar si la pena máxima del Código Penal argentino se adecua a los preceptos de la Constitución de la Nación. Participan especialistas y público en general

23 de octubre, 2020 - 10:39

Con rigurosa puntualidad se inició el primer día de debate de la audiencia pública donde ciudadanos, juristas, abogados, legisladores y funcionarios del poder judicial, se expresan sobre la constitucionalidad de la pena de prisión perpetua.

El presidente de la Suprema Corte de Justicia, Dalmiro Garay fue acompañado por todos los ministros de la Corte, el procurador y titular del Ministerio Público Fiscal y la titular del Ministerio Público de la Defensa. Todos escucharon a lo largo de la doble jornada opiniones que solo reflejaron dos miradas y posturas diametralmente opuestas que van más allá de considerar o no que el artículo 80 del Código Penal que determina la prisión perpetua, es constitucional o no. Una cuestión que se fue profundizando a lo largo de toda la jornada del jueves, antesala que hoy no sería la excepción.

Tal cual, lo fue reflejando en diferentes crónicas, el debate se estableció entre el garantismo y la rigurosidad de la pena que le cabe a una persona que cometió un delito grave donde lesionó o quitó la vida de otras personas. Sin dejar de lado y como eje del debate, el estado deplorable del sistema carcelario.

Esto último, ya sea para resocialización que solicitan quienes consideran inconstitucional a la cadena perpetua, como quienes sostienen su constitucionalidad y piden espacios carcelarios salubres y dignos para una persona que pasará el resto de su vida en confinamiento.

Las exposiciones dejaron, además, diferentes interpretaciones que se da a las leyes vigentes, tratados sobre derechos humanos, pactos internacionales como de San José de Costa Rica o el Estatuto de Roma, además de puntos claves de la historia argentina que produjeron modificaciones al Código Penal. Aspectos muy trillados por mujeres y hombres de leyes que expusieron con encendidas defensas sus creencias. Muy diferente a los ciudadanos que tuvieron la posibilidad de hablar desde sus crudas vivencias y conocimientos, algo que le puso a la audiencia sal y pimienta con alto voltaje, dejando en pesado silencio a todos los miembros de la Corte mendocina.

 

Distintas ópticas y duros testimonios 

Desde que el Poder Judicial abrió las inscripciones, se anotaron alrededor de 156 expositores, cifra que se modificó y quedaron 108 personas que están participando activamente en la audiencia pública.

Solo el jueves fueron 78 en jornadas matutina y de tarde, en tanto que hoy se prevé 30 durante la mañana. Tras lo cual quedarán algunos días para que se reúna la Corte en pleno y decida formalmente si la prisión perpetua es constitucional o no.

El Ciudadano, obtuvo algunos testimonios vertidos en la audiencia, que reflejan el nivel del debate que se ha dado en Mendoza y que tiene fuerte repercusión nacional.

El abogado penalista Fernando Peñaloza, quien no está de acuerdo con la constitucionalidad de la pena, dijo: “Ninguna pena es perpetua, ya que existe en los ordenamientos jurídicos penales de las provincias y del sistema federal, mecanismos que posibilitan acceder, en algún momento, a la libertad anticipada. Por eso, entiendo que para respetar el principio de progresividad de los derechos humanos es imprescindible contar con mecanismos eficaces que satisfagan los estándares mínimos de ejecución penal. Entonces, es importante afirmar que, en nuestro ordenamiento normativo, tales mecanismos no existen".

Y continuó: "Al respecto, traigo a colación que en el orden federal las leyes 24.660, 25.928 y 27.375 conforman un claro antecedente de las políticas regresivas en esta temática. Agrego, que donde vemos con mayor nitidez la regresión en materia de prisión perpetua en los artículos 14 del Código Penal, que veda la posibilidad de libertad condicional a los condenados por los homicidios del artículo 80. También el artículo 56 bis de Ley 24.660 que niega los beneficios en el período de prueba a los condenados por homicidio agravado, que también prevé el artículo 80, por lo que afirmo que en Mendoza hay muchos antecedentes respecto del sistema de ejecución penal que evidencia que estamos frente a un escenario regresivo en materia de derechos humanos”.

Por su parte el diputado nacional Luis Petri, afirmó, “la Ley de Ejecución 24.660 garantiza un trato digno, acceso a la higiene, a las comunicaciones, educación, trabajo y a la posibilidad de capacitación profesional. Es a eso que hace referencia el Pacto de San José de Costa Rica, que tampoco repudia las prisiones perpetuas, incluso, admite la pena de muerte en los Estados que la posean, con un condicionante que no  puedan ampliarla, es decir, que si el pacto no repudia, ni rechaza la pena de muerte, menos puede rechazar la prisión perpetua. Otra cosa que aclaro que el Estatuto de Roma actúa el subsidio cuando los Estados no actúan, no pueden o no quieren actuar y juzgar a quienes cometen tan aberrantes delitos, que se conoce como el principio de complementariedad. Además, prevé la prisión perpetua que refleja el artículo 77 apartado 1 inciso B 1”.

Familiares de víctimas de delitos seguido de muerte, dieron también su parecer. Uno de esos testimonios que mucho ruido hizo es el de Osvaldo Quiroga, padre del joven Matías, asesinado durante el asalto a un blindado en Godoy Cruz, quien frontalmente aseguró: “Esto, no es ni más ni menos que un nuevo embate de los mercaderes y comerciantes del Derecho Penal, en busca de un nuevo y mejor producto para ofrecerle a sus clientes más preciados, esos delincuentes salvajes y reincidentes. Entonces, toda esta movida no es producto de sus convicciones humanistas y de resocialización, se debe al compromiso que tiene su señoría (Eduardo) Martearena con la corporación garanto-abolicionista y mejor renta por sus prácticas aplicadas derecho penal y su eterno divorcio con la Justicia. Es muy fácil de entender esta historia, una condena larga saca al delincuente del circuito por más tiempo y esto no debe suceder, condenas cortas para entrar y salir más veces del penal, para que estos mercaderes cobren importantes cantidades de dinero, cuya trazabilidad no se sabe y nadie investiga”.

Lo otro, con fuerte eco en la audiencia fue lo expresado por Graciela Bianchi de Madres de Pie: “Consideramos que el castigo debe ser perpetua, porque los muertos nunca más van a recuperar nada. No estamos pidiendo que le quiten la vida, ni mucho menos, sino que se le restrinja la libertad. Inclusive, a nosotros las familias de Gisela Villafañe, Florencia Peralta, Norma Carleti, Claudia Arias, Marta Díaz, Gilda Ortiz, Ayelén Arroyo. Elina Carmona y las 52 mujeres mendocinas que ya no están, se ha quitado el derecho de vivir plenamente nuestras vidas. Porque una vida sin una hija, muerta por un femicida no es una vida completa, por lo que como familiares de víctimas de femicidio levantamos la bandera de la lucha, la voz de las que ya no están y nos oponemos a que se declare la inconstitucionalidad de la pena de prisión o reclusión perpetua”.