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Aprobada en Diputados: la Ley Bases y sus implicaciones clave

La llamada 'Ley Ómnibus' trae consigo cambios en múltiples áreas legislativas, abarcando desde el ámbito laboral hasta la gestión de empresas públicas y privatizaciones, así como también el sistema de pensiones. Recibió media sanción

Por Redacción

30 de abril, 2024 - 13:59

La Cámara de Diputados aprobó en general la renovada Ley Bases (o Ley Ómnibus), un ambicioso proyecto compuesto por más de 220 artículos que busca alterar diversos aspectos de la relación entre el Estado y los ciudadanos, según la óptica del Gobierno nacional. Los puntos centrales que podrían impactar la vida cotidiana, desde el régimen laboral hasta las privatizaciones, en caso de que esta amplia iniciativa del oficialismo obtenga finalmente la sanción definitiva en el Senado nacional.

La nueva Ley Bases introduce modificaciones significativas en el régimen laboral, la reforma del Estado y la posible privatización de empresas públicas. Además, contempla alternativas para el sistema previsional.

Fuertemente cuestionada por amplios sectores de la oposición, la Ley Bases incluye polémicas posibilidades relacionadas con el manejo del Estado y la desregulación de la economía.

Jubilaciones y Sistema Previsional

La legislación contempla la derogación de la moratoria previsional y la creación de la Prestación de Retiro Proporcional para personas mayores de 65 años que no han completado los 30 años de aportes necesarios para jubilarse. Estos individuos recibirán un haber mínimo equivalente a la Prestación Universal al Adulto Mayor (PUAM), que actualmente alcanza el 80% de la jubilación mínima ($260.141,60 contemplando el refuerzo) y no deja derecho a pensión por viudez.

En mayo, los beneficiarios de la PUAM cobrarán $222.113, divididos en $152.113 y $70.000 del bono que anunció el Gobierno.

Según la cantidad de años de aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Ejecutivo deberá definir qué adicionales percibirán sobre ese piso.

Empleo y Reforma Laboral

Se discutió hasta el último momento en comisiones la modificación laboral propuesta por el oficialismo. Finalmente, se redujo el cambio a aspectos como la extensión del período de prueba, la creación de un fondo de cese laboral optativo y la derogación de multas a empresas por no registrar la relación laboral (trabajo en negro).

Privatizaciones y Reforma del Estado

De las numerosas empresas estatales que podrían ser privatizadas, solo un puñado quedaría en esa condición, según la Ley Bases. Destacan nombres como Aerolíneas Argentinas, AYSA, Energía Argentina, Radio y Televisión Argentina, Intercargo, Correo Argentino, Belgrano Cargas, Ferrocarriles Argentinos y Corredores Viales son las que podrían ser privatizadas, mientras que otras dos como Nucleoléctrica y Yacimientos Carboníferos Río Turbio podrían ser parcialmente vendidas al sector privado.

La ausencia más llamativa es la del Banco Nación.

Inversiones y Eliminación de Impuestos

La normativa establece beneficios fiscales y aduaneros para proyectos de inversión que superen los US$ 200 millones. Además, impone una alícuota única del Impuesto a las Ganancias del 25%; la actualización de quebrantos por IPC en Ganancias; tratamientos tributarios preferenciales para las utilidades y dividendos; la contabilización del 100% del Impuesto a los Débitos y Créditos como pago a cuenta de Ganancias y la posibilidad de pagar el IVA a proveedores y a la AFIP con certificados de créditos fiscales.

Paquete Fiscal: Ganancias, Monotributo y Bienes Personales

El proyecto fiscal presenta cambios significativos en el panorama impositivo, incluyendo la reintroducción de la cuarta categoría de Ganancias, una reducción gradual del impuesto sobre Bienes Personales en los próximos años, y una actualización de las escalas del monotributo.

En septiembre pasado, se había derogado la cuarta categoría de Ganancias, eximiendo del tributo a más de 800.000 contribuyentes. La ley aprobada por el Congreso elevaba el piso del mínimo no imponible para trabajadores y jubilados que percibieran 15 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM). Además, establecía que los contribuyentes tributarían según la diferencia entre el ingreso y el mínimo establecido, con alícuotas que oscilarían entre el 27% y el 35%, dependiendo del nivel de ingresos. Sin embargo, estos cambios se revertirían si el Paquete Fiscal es aprobado por ambas cámaras.

Con el texto acordado en comisión, se mantienen las 17 categorías contempladas. La categoría más baja, con un salario bruto de hasta 1.800.000 pesos (equivalente a una remuneración neta de hasta $1.494.000), quedaría exenta del tributo, conocido como "el mínimo no imponible para empleados solteros".

El proyecto del Gobierno implica una actualización de los topes de facturación y cuotas, con incrementos de entre el 300% y el 330%. El ingreso tope anual sería de $68 millones y se eliminaría la distinción entre actividades (comercio y servicios) para estar en el régimen simplificado. Asimismo, se incrementarían los montos de toda la escala y los importes a pagar.

Si el proyecto es aprobado, los monotributistas de la categoría A, de menores ingresos, podrían facturar hasta $6.450.000 anuales, mientras que para los de categoría K, la más alta, el monto ascendería a 68 millones de pesos. Asimismo, se elimina el Monotributo Social.

Además, se produciría un aumento en los importes que pagan mensualmente los monotributistas en concepto del impuesto integrado y de los aportes al régimen jubilatorio y a la obra social. Se establece en $385.000 el precio unitario de facturación tanto para quienes ofrecen servicios como para quienes venden productos, con una actualización anual por inflación.

Entre los principales cambios propuestos para Bienes Personales se encuentra la eliminación del tratamiento de alícuotas diferenciales según la localización de los bienes (en el país y en el exterior).

El proyecto también ofrece un beneficio para los Contribuyentes Cumplidores, es decir, aquellos que hayan cumplido con la totalidad de sus obligaciones respecto a Bienes Personales para los períodos fiscales 2020 a 2022, quienes tendrían una reducción del 0.25% en la alícuota para los períodos 2023, 2024, 2025 y 2026. Sin embargo, cabe destacar que si el contribuyente se adhiere al régimen de regularización de activos, no podría ser categorizado como Contribuyente cumplidor.

Los nuevos valores para el período fiscal 2023 serían:

  • Mínimo no imponible: $100.000.000 (actualmente es de $27,3 millones)
  • Mínimo para casa-habitación: $350.000.000

En cuanto a la escala, se plantea un régimen individual y voluntario que comprende el ingreso por adelantado del Impuesto sobre los Bienes Personales (ISBP) y cualquier otro tributo patrimonial que pueda complementar o reemplazar el ISBP para los períodos 2024 a 2027, según lo indicado en el informe.