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Los afiliados de las prepagas objetan la nueva fórmula de cálculo de las cuotas

Los clientes sostienen que el nuevo cálculo aplica una doble imposición sobre aumentos ya autorizados previamente y que de implementarse sería “un nuevo perjuicio” para los usuarios de medicina privada

Por Redacción

06 de mayo, 2024 - 08:50

Clientes de las empresas de medicina prepaga objetaron la fórmula de actualización de las facturas, dispuesta la semana pasada por un juez en lo Civil y Comercial federal, a partir del reclamo del Gobierno nacional contra los aumentos desmedidos de las cuotas.

Esta fórmula aplica un coeficiente de aumento o actualización sobre un monto que ya había sido aumentado vía resolución 2.577/2022”, argumenta re reclamo de los afiliados.

“La suma de la factura correspondiente a diciembre tenía aplicado el porcentaje previsto por la resolución citada. En caso de aplicarse la fórmula a la que insta la sentencia, estaríamos frente a un nuevo perjuicio como afiliado”, advierte el texto.

El juez Juan Rafael Stinco dispuso la semana pasada un mecanismo de ajuste de las tarifas de las prepagas sobre una compleja base de cálculo.

Entre quienes se oponen a esta nueva manera de calcular las cuotas se encuentra el periodista Samuel Chiche Gelblung, quien a través de su abogada, Valeria Carreras, presentó la causa judicial 1.596/2024, que recayó en el juzgado Civil y Comercial número dos, a cargo del juez Marcelo Dos Santos.

Gelblung realizó la denuncia debido a que con la nueva fórmula de cálculo quedó “expuesta a una suerte de anatocismo (intereses sobre intereses) o, de mínima, a la doble imposición de aumentos superpuestos”.

Nueva fórmula de cálculo

La Secretaría de Comercio publicó que los valores no podrán superar al de la cuota de ese mes multiplicada por 1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC, vigente al momento de la facturación correspondiente y el mismo Índice a diciembre del 2023.

Para calcular el valor máximo de la cuota actual, se deberá aplicar un ajuste, como máximo del 93,3% para la cuota de abril, valor que resulta de la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero.

Por su parte, para la cuota de mayo se deberá aplicar como máximo un ajuste del 114,6%, valor que responde a  la inflación acumulada en los meses de noviembre a marzo.

Si la cuota correspondiente al mes de abril se facturó luego del día 17, se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 1,933. Para la factura de mayo se deberá multiplicar el valor de la cuota de diciembre por 2,146. Para las facturas previas al 17 de abril, el descuento se aplicará en la facturación siguiente.

Desde el Gobierno se confirmó que esta fórmula de ajuste con un límite en la inflación registrada "estará vigente por los próximos 5 meses, es decir, hasta septiembre".

Las empresas alcanzadas por la medida son: OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán y Hospital Británico, aplicable a todos sus afiliados.

Con información de NA y Ámbito