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Deberán indemnizar a una pasajera tras dejarla varada en Brasil

La mujer sufrió una crisis nerviosa derivada de esa circunstancia, contando ya con antecedentes por problemas emocionales

Por Redacción

31 de octubre, 2023 - 19:58

Todo comenzó cuando una pasajera contrató un pasaje de Córdoba a la ciudad brasileña de Natal con fecha de salida para el 19 de abril de 2019. Desde ahí abordó otro vuelo rumbo a la localidad de Pipa, para regresar a Natal 10 días después, el 29 de abril, para su retorno a Córdoba en un vuelo a las 2.15.

Ya en el aeropuerto se encontraron con la negativa para despachar el equipaje, ya que por supuestos problemas climáticos en la ciudad de San Pablo el vuelo se encontraba demorado. Tras una espera, la aerolínea anunció que el vuelo que las llevaría a San Pablo saldría con casi dos horas de retraso. La pasajera debía arribar a San Pablo y tomar el vuelo de las 7 a Córdoba.

Pero si el vuelo partía a las 4 no llegaría a tiempo a San Pablo para hacer la combinación hacia Córdoba. “Les dijimos que nos dejaran tomar el vuelo de Natal a San Pablo y que allí, desde San Pablo, nos ofrecieran otra conexión, pero no lo aceptaron. Nos tuvieron esperando sin respuesta hasta después de las 4, horario en el que partió el vuelo completo, no dejándonos subir ni a mí ni a otras 22 personas argentinas con pasaje”, explicó la demandante.

 

“Recién después que salió el vuelo, desde la aerolínea (…) nos comenzaron a decir que por una supuesta falta de actividades que había en nuestro país (Argentina) el 30 de abril y el 1° de mayo, nos tenían que reprogramar los vuelos para el 4 de mayo y el 5 de mayo”, prosiguió, relatando que alrededor de las 6 les ofrecieron un cambio: partir el 4 de mayo desde Natal con arribo a Córdoba al día siguiente, con dos escalas (Natal-San Pablo y San Pablo-Chile-Argentina). La mujer adujo que había comprado un vuelo con una sola escala: Natal-San Pablo y San Pablo-Argentina.

Según la demanda, le programaron “unilateralmente” el vuelo con las dos escalas. La aerolínea ofreció el taxi del aeropuerto de Natal a un hotel, y el pago del desayuno y de la cena. Esas circunstancias le causaban problemas laborales porque debía presentarse a trabajar el 30 de abril (un día después de la llegada a Córdoba) y sufrió el descuento de los días no trabajados.

La mujer sufrió una primera crisis nerviosa, y luego, desde Chile finalmente pudieron tomar el vuelo, pero una vez cerca de Córdoba debió regresar a su origen por las malas condiciones climáticas, lo que le provocó otra crisis nerviosa.

“Ese fue el final de unas supuestas vacaciones que había planeado por nueve días y que terminaron siendo 16. De los cuales, esos últimos seis días fueron por disposición de Latam y sin medir todas las consecuencias y los daños psicológicos, monetarios, de tiempo perdido, de privación de mi libertad”, alegó.

 

Frente a esta situación, el juez federal subrogante N° 1 de Córdoba capital, Alejandro Sánchez Freytes, condenó a la aerolínea Latam a pagarle a la pasajera 500 mil pesos más intereses actualizados, por el daño moral que sufrió a raíz de la postergación del regreso desde Brasil a la Docta. “Es evidente que nos encontramos frente a un incumplimiento, dado que la actora no arribó a destino en el plazo originalmente pactado”, indicó.

La compañía alegó que no debía responder porque los vuelos en los que debía ser transportada la demandante fueron cancelados por un paro (del 30 de abril de 2019), pero el magistrado rechazó el planteo porque recordó que el vuelo que la mujer originalmente debía abordar tenía fecha de salida un día antes, sin que hubiera ningún inconveniente por esas horas. “La demandada no ha demostrado que comunicó de manera tempestiva la reprogramación de los vuelos a la actora, lo cual, evidentemente le provocó diversos inconvenientes y molestias, al hacerla concurrir al aeropuerto, para tomar conocimiento en ese momento que el vuelo estaba retrasado o, lisa y llanamente cancelado”, indicó.

Además, destacó que Latam “no brindó alternativas adecuadas” a la mujer para prestarle correctamente el servicio y “vulneró el deber de información”. Para el juez, sí se probó que Latam fue “responsable por la reprogramación de un vuelo casi un día después de lo pactado”, lo que generó “un daño moral” por “la imposibilidad de disponer libremente de su tiempo”.

“A ello se debe adicionar que, debido a estos inconvenientes, se frustró la finalidad del viaje de vacaciones realizado por la accionante, la cual se encuentra vinculada con una situación de paz y tranquilidad, orientada a disminuir el estrés”, indicó y recordó que la situación le generó a la pasajera nuevamente un cuadro de ansiedad.

Latam deberá pagarle 500 mil pesos más intereses.