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Día del Empleado de Comercio con descanso legal y remuneración para el sector

Varias categorías percibirán un aumento en sus bolsillos, lo que se suma a los que ya se habían recibido en julio y agosto

Por Redacción

24 de agosto, 2023 - 15:46

Más de un millón de trabajadores del sector mercantil en Argentina se preparan para una pausa en sus agendas laborales durante el noveno mes del año. El Día del Empleado de Comercio, conmemorado el martes 26 de septiembre, se erige como una jornada de relevancia que impactará directamente en el ámbito comercial a lo largo y ancho del país.

Este día de celebración para los Empleados de Comercio encuentra su respaldo legal en la Ley 26.541, sancionada el 11 de noviembre de 2009, y se encuentra reafirmado por el artículo 76 del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75. Estos marcos legales establecen la observación de los beneficios correspondientes al descanso dominical, reafirmando el valor y la importancia de este sector laboral en la economía del país.

Uno de los puntos de interés para los empleados es el sistema de remuneración durante el Día del Empleado de Comercio. De acuerdo con el punto 2°, aquellos trabajadores afectados por la conmemoración no realizarán tareas el martes 26 de septiembre, considerándose esta jornada similar a los feriados nacionales en términos de su impacto en las remuneraciones.

 

 

Remuneración por Trabajar en Días Feriados

Para aquellos empleados que efectivamente deban trabajar en los días feriados, se establece un sistema de remuneración específico. Además del salario normal correspondiente a un día laborable, estos trabajadores recibirán un monto adicional equivalente, reconociendo así el valor de su trabajo en estas jornadas especiales.

El Día del Empleado de Comercio no sólo representa un asueto para los trabajadores de este sector, sino también un reconocimiento a su labor y su contribución al entramado económico del país. 

Según el artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo, "En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan en domingo. En caso de que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual", agrega el texto.

 

 

Cuánto cobrarán los empleados de comercio

Al aumento que se dividió en julio y agosto se le agrega el porcentaje de septiembre en el que los trabajadores absorberán el tercer tramo del incremento de 27% bajo el carácter de Sumas No Remunerativas. 

La mejora tendrá impacto directo en los haberes de las siguientes categorías: Maestranza, Administrativo, Cajero, Auxiliar,
Auxiliar especializado y Vendedor.