|30/04/23 03:25 PM

Elecciones PASO: cómo justificar si no votaste

Además de la multa económica, si no hay justificación, la ley prevé sanciones por no votar que consisten en la imposibilidad de desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección

Por Redacción

30 de abril, 2023 - 15:37

Este domingo 30 de abril se desarrollan las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) en siete departamentos de la provincia de Mendoza: La Paz, Lavalle, Maipú, San Carlos, Santa Rosa, San Rafael y Tunuyán.

Durante estas elecciones se elegirán precandidatos a intendentes y concejales, pero para quienes al momento de tener que pasar por las urnas se encuentren a más de 500 kilómetros, estén enfermos o trabajando, hay opciones para hacer el descargo correspondiente y evitar tener problemas

 

Qué trámite tengo que hacer para justificar que no voté

En este caso, el mismo día en que se celebre la elección, el elector deberá asistir con su DNI a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentre, y exponer el motivo por el cual no se presentó a votar a los efectos de solicitar una certificación escrita que justifique su imposibilidad de votar. Dentro de los 60 días de celebrados los comicios, deberá presentar tal constancia ante la Secretaría Electoral  de la localidad correspondiente o hacerlo de forma online ingresando a infractores.padron.gov.ar.

 

 

Qué hacer en caso de enfermedad

Quienes padezcan de una enfermedad que les impida asistir al acto electoral o se encuentren imposibilitados por fuerza mayor de cumplir con la obligación de votar, deberán justificar estas causales el mismo día de la elección mediante certificados emitidos por médicos de los servicios de sanidad nacional, provinciales o municipales o bien, si no existiera otra opción, se admitirá certificado expedido por médico matriculado que ejerza en el sistema privado de salud.

Los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder el día del comicio al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar tales circunstancias y entregarle el certificado correspondiente.

Dentro de los 60 días de celebrada la elección, deberá presentar el certificado ante la Justicia Federal con Competencia Electoral a fin de justificar debidamente su inasistencia o ingresando el certificado expedido por el médico de forma online.

 

 

Si trabajo, ¿puedo no votar?

Los que por razones de trabajo estén ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener una licencia especial de sus empleadores para poder concurrir a emitir el voto o desempeñar funciones en el comicio, sin deducción alguna del salario ni ulterior recargo de horario.

El elector que, tanto en las Elecciones Primarias como en las Elecciones Nacionales, no cumpla con la obligación de votar y no justifique su inasistencia ante la Secretaría Electoral del distrito correspondiente, dentro de los sesenta (60) días posteriores a la elección respectiva:

  • Será pasible de ser multado con una suma que va desde los $50 hasta los $500, dependiendo de la cantidad de infracciones.
  • No podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la fecha de la elección.
  • Si no paga la multa impuesta, no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales, nacionales, provinciales o municipales.