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Como son las medidas legislativas contra el crimen organizado

Círculo Político dialogó con Federico Calabró, licenciado en Seguridad, quien analizó las propuestas del Gobierno

Por Redacción

17 de abril, 2024 - 18:09

Los cuatro proyectos del gobierno de Javier Milei para combatir el crimen organizado fueron enviados al Congreso. Por ese motivo, Círculo Político, lunes a viernes de 14 a 16 por 91.7 y Ciudadano News dialogó con Federico Calabró, licenciado en Seguridad, para entender a qué apuntan y su funcionamiento.

“Ante problemas complejos necesitamos soluciones simples y la mejor forma es este paquete de medidas que está impulsando el Gobierno, que en su momento iban a ser seis, pero por un tema de la violencia o cómo se están desatando los distintos hechos en toda la Nación, hicieron foco en cuatro proyectos: ley de mafia, la reiterancia, la ampliación del registro de datos genéticos y legítima defensa. Son cuatro ítems que ayudarán muchísimo a la pata jurídica y judicial en la lucha y control de distintos delitos”, consideró Calabró.

“Esto es una herramienta fundamental para que las fuerzas puedan actuar en la lucha contra el crimen, porque la investigación va a estar a cargo del fiscal, el fiscal va a ser quien habilite todos los medios, toda la prueba para poder llevar adelante la investigación penal junto con las fuerzas de seguridad”, añadió.


 

Los beneficios

“El nuevo código procesal penal le va a marcar tiempos al fiscal, a las fuerzas de seguridad para que puedan finalizar la primera etapa investigativa en un tiempo razonable. Entonces, lo que necesitás cuando estás llevando adelante un plan tan ambicioso como el que lleva hoy el Ministerio de Seguridad de la nación en manos de Patricia Bullrich es justamente un bloque de medidas, de herramientas que a vos te permitan llegar a ese norte”, analizó Calabró.

“Uno de los proyectos, la ley antimafia, que es muy parecida a la que funciona en Estados Unidos, la famosa ley Rico, que apunta específicamente a delitos como tipos penales gravísimos, como el tráfico ilícito de estupefacientes, lavado de activos proveniente de estupefacientes, pornografía infantil, delito de intimidación pública, cosas que estamos viendo por ejemplo, en Rosario”, expresó.

“Con respecto a lo que se llama zona de investigación penal, son mayores mecanismos para brindarle mayor poder al estado, de esta manera, policía federal, gendarmería, prefectura, fuerzas federales podrán brindar una respuesta más expedita, rápida, efectiva ante un marco investigativo o de una operación de investigación”, explicó.

Sobre la extinción de dominio, remarcó que “ahí hay que acelerar el proceso, no puede ser que tengamos procesos iniciados en 2015 y 2016 y no puede ser que 2020, 2021, 2022, recién se están empezando a distinguir algunos bienes que tienen origen en el narcotráfico”. 

“Pero acá también entra en choque la cuestión de derechos y garantías, no una cuestión de abolicionismo, sino una cuestión de garantías. Si nosotros, a esa persona, le vendemos una casa o camioneta y después se comprueba que era inocente, a esa persona hay que resarcirla. Entonces, la ley de extinción de dominio tiene que estar vigente, de esa manera, si aceleramos el proceso judicial de alguna manera, aceleramos los tiempos razonables para el dictado de una sentencia y esa sentencia queda firme, no deberíamos pasar más tiempo para poder inscribir los bienes de la persona ya condenada y con sentencia firme”, consideró.

Por último, sobre la legítima defensa, expresó que “no podemos exigir a un personal policial legítima defensa porque el policía obra en cumplimiento del deber, que es algo que un civil que tiene arma no tiene que contemplarlo. Pero acá siempre se aplicó el código penal para un civil y para un policía de la misma manera y no es lo mismo. Las circunstancias son distintas. Entonces, hay que hacer una gran salvedad y creo que el ministro Libarona, junto con la ministra Bullrich, están trabajando en ese tema y hacer una distinción: legítima defensa para ciertos casos y después está la legítima defensa para los miembros de las fuerzas de seguridad basada y justificada en el deber de actuación”.

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