|23/01/24 09:03 PM

Medidas de seguridad limitadas por un magistrado federal

El juez federal de La Plata prohíbe a Bullrich ordenar requisas y fotografiar a los manifestantes pero el Ministerio de Seguridad rechazó la norma

Por Redacción

23 de enero, 2024 - 21:04

El juez federal de La Plata Ernesto Kreplak ordenó al Ministerio de Seguridad de la Nación, a cargo de Patricia Burllich, que se abstenga de filmar a manifestantes que asistan mañana a la marcha convocada por la CGT y de efectuar requisas sin justificación alguna.

Sin embargo desde la cartera aludida se argumentó a través de un comunicado que la jurisdicción del magistrado se circunscribe solamente a la ciudad capital de la provincia de Buenos Aires.

Kreplak hizo lugar a un hábeas corpus presentado por unos habitantes de provincia de Buenos Aires a través de un abogado y se quejaron de las requisas que se hicieron en anteriores manifestaciones, una vez que asumiera Javier Milei, a partícipes de protestas sociales. 

En el reclamo, señalaron que es una afectación a sus derechos puesto que a aquellos que se movilizan en transporte público y sin justificación alguna se les hicieron requisas y por otra parte que se los filmó no habiendo justificación para ello.

“La eventual intervención de las fuerzas de seguridad llevando a cabo procedimientos como los descriptos -esto es, la filmación y/o interceptación de personas con el fin de identificarlas y/o requisarlas, sin orden judicial previa, por el sólo hecho de presumir que van a participar de una movilización social- implicaría un cercenamiento ilegítimo de la libertad ambulatoria, además de la afectación de otros derechos de raigambre constitucional”, sostuvo el juez en el fallo. 

“Las irregularidades se verían aún más agravadas si la intervención policial que incluya requisas no se plasmara en las actas pertinentes para su posterior control jurisdiccional”, esto es por parte de la Justicia luego de las prevenciones policiales.

El fallo judicial es para que Bullrich se abstenga de dar esas directivas a las fuerzas federales y sobre todo de aquellos manifestantes que se trasladen en transporte público o en los acceso a las unidades de trenes, “todo ello dentro de la jurisdiccional territorial de este Juzgado”, esto es la provincia de Buenos Aires.

La contestación del Ministerio se realizó a través del secretario de Fernando Soto, secretario de Normativa y Enlace Judicial, quien le comunica al juez que “no se ha expedido, ni está previsto expedir, una orden dentro de la jurisdiccional territorial de Vuestro Juzgado dirigida a las fuerzas de seguridad (ya sea de manera escrita o por cualquier otro medio) en relación a la movilización prevista para el próximo día 24 de enero, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para filmar y/o interceptar a personas en la vía pública -ni a bordo de transportes públicos o en los accesos a las unidades de trenes-, con el fin de identificarlas y/o requisarlas...”.

El juez Kreplak por otra parte respondió en forma negativa a un planteo de inconstitucionalidad argumentando que “no se justifica el tratamiento de dicho planteo en esta oportunidad, máxime si se tiene en cuenta que dicha cuestión requiere un análisis y tratamiento pormenorizado, que no puede abordarse en el marco de la urgencia e inmediatez que debe darse al trámite del habeas corpus”.