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Chau foto: desde este miércoles sólo serán válidas las recetas electrónicas y de papel

 Con esta decisión se dejan sin efecto las enviadas por WhatsApp, que entraron en auge a partir de la pandemia de COVID

Por Redacción

01 de marzo, 2023 - 10:44

Este martes 28 de febrero comienza una nueva etapa en lo referente a las recetas expendidas por los médicos. A través del decreto 98/23, publicado en el Boletín Oficial, se reglamentó la ley 27.553 de Recetas Electrónicas o Digitales, que busca permitir que la prescripción y dispensa de medicamentos, y toda otra indicación, se haga a través de firmas electrónicas en todo el territorio del país

Con esta ley se habilita también el uso de plataformas de teleasistencia en salud, y al mismo tiempo se refuerza el uso de recetas de papel con firma manuscrita, que seguirán en vigencia.

La implementación de estos requisitos será progresiva, y las recetas electrónicas o digitales que se utilicen actualmente seguirán siendo válidas mientras cumplan con los requisitos básicos previstos por las normativas vigentes, y siguiendo también los términos del cronograma que sostiene la reglamentación.

Las nuevas recetas deberán ser únicas (deben contar un identificador unívoco médico - medicamento - paciente), inalterables y seguras. Los datos son confidenciales, y los sistemas deberán ser interoperables en forma progresiva, con el fin de intercambiar información con fines sanitarios. El contenido deberá ser también acorde con lo que determinan las leyes del ejercicio profesional, y los medicamentos deberán llevar nombres genéricos.

Las recetas con medicamentos tendrán una vigencia de 30 días, y las de otras prescripciones (estudios, prestaciones), 60 días. Puede haber excepciones, como las recetas para tratamientos crónicos para períodos prolongados, de hasta 90 días. 

Características de las nuevas recetas electrónicas

Las recetas deberán contar con los siguientes requisitos (escritas en idioma nacional)

-Nombre
-Apellido
-Profesión
-Número de matrícula
-Domicilio
-Número telefónico y correo

Además, deberán contar con un identificador, y establecer una fecha de inicio de vigencia igual o posterior a la fecha de confección de la receta digital.

En cuanto a las recetas digitales de PAMI, obras sociales o empresas de medicina prepaga, el procedimiento es el mismo a como venía sucediendo, ya que estos organismos cuentan con recetas emitidas a través de plataformas digitales o electrónicas. Se deja sin efecto la foto de la receta en papel, pero sigue la receta propiamente dicha, o su versión digital.