|30/08/20 10:41 AM

No se cobrará más el roaming internacional entre Argentina y Chile

El Presidente de la Nación lo confirmó tras mantener una reunión por videollamada con su par chileno, Sebastián Piñera

Por Redacción

30 de agosto, 2020 - 10:41

La eliminación del cobro de roaming entre Argentina y Chile, se implementó a través del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) y dispone que el uso de telefonía móvil al cruzar las fronteras de ambos países tendrá los costos que la tarifa local y la misma calidad de la prestación.

La identificación se realizará, como hasta ahora, a través de la tarjeta SIM, y así el usuario podrá conectarse con un operador de otra red abonando el costo de la tarifa de su país. El costo de las llamadas y consumo de datos no insumirá cargos extras y será el mismo que si estuviera conectado a la red de su propio operador.

El presidente Alberto Fernández mantuvo una videollamada con su par de Chile, Sebastián Piñera, en la celebraron la eliminación del cobro de roaming entre ambos países.

Esto sí que es como integrar territorio definitivamente porque un argentino que habla en Chile es lo mismo que un chileno que habla en Argentina y eso me pone muy contento”, señaló el jefe de Estado a su par chileno.

Según un comunicado difundido por Presidencia, Piñera remarcó la medida como "una gran noticia para los argentinos y chilenos” y consideró que “en el fondo estaremos separados por la cordillera pero unidos por la tecnología”.

En un comunicado difundido por el Enacom se informó que la identificación se realizará, como hasta hoy, a través de la tarjeta SIM, y así el usuario podrá conectarse con un operador de otra red abonando el precio de su país, es decir que el costo de las llamadas y consumo de datos no insumirá cargos extras.

 

 

Operadores de telefonía deben segurar la calidad del servicio

Según lo estipulado, esta normativa define un lapso para la utilización de dicho beneficio, que es de 90 días corridos o de 120 días discontinuos en el mismo año.

Por otro lado, los operadores que brinden el servicio a los usuarios cuando se encuentren en el país vecino deberán asegurar la misma calidad de servicio y cobertura que a sus usuarios nacionales.

En primera instancia, esta medida tiene su origen en el Acuerdo de Libre Comercio (ACL) suscripto entre la República Argentina y la República de Chile, que fue incorporado mediante la Ley 27.497, y fue acordada por la Comisión Administradora Bilateral del Acuerdo Comercial entre Argentina y Chile, en el marco de una sesión en la cual se abordaron diversos mecanismos para facilitar el intercambio entre ambos países, y ayer el directorio de Enacom le otorgó la aprobación definitiva.