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Fuerzas de seguridad: reglamentaron el uso de armas de fuego

El Ministerio de Seguridad le da un espaldarazo a las fuerzas de seguridad federales a la hora de enfrentar a delincuentes

03 de diciembre, 2018 - 12:28

Tras el paso del G20 y el exitoso operativo de seguridad que blindó a Buenos Aires durante el último fin de semana, el gobierno nacional reglamentó el uso de armas de fuego por parte de las fuerzas federales de seguridad. 

En el texto se destaca que el agente podrá disparar "en defensa propia o de otras personas, cuando haya peligro de muerte o lesiones graves". La resolución del Ministerio de Seguridad de la Nación fue publicada este lunes.

La Ministra de Seguridad de la Nación Patricia Bullrich aseguró que se trata de una nueva normativa que va a permitir a las Fuerzas de Seguridad a proteger a la gente, "sin pensar en que terminará con complicaciones judiciales". "Antes no podían usar armas para defenderse ni para detener a un delincuente o evitar que se fugara", señaló la funcionaria.

La Ministra de seguridad de la Nación, Patricia Bullrich.

Bullrich contó que antes de este reglamento, el agente debía esperar que el delincuente disparara para poder repeler el ataque con su arma: "De esta manera se deja a la Fuerza de Seguridad en inferioridad frente a los delincuentes".

El documento deja en claro que sólo podrán usar las armas en cumplimiento de sus deberes cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas.

Las fuerzas federales podrán usar armas de fuego cuando:

  • En defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves.
  • Para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas.
  • Para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad.
  • Para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente, y hasta lograr su detención.

También se aclara que los agentes deberán identificarse, como tales, con un grito a terminar con la acción delictiva. Pero también se indica que "se exceptúa de este requisito en aquellas situaciones donde dicha acción pueda suponer un riesgo de muerte o de lesiones graves a otras personas".

Peligro inminente de muerte:

  • Cuando se actúe bajo amenaza de muerte o de lesiones graves para sí, o para terceras personas.
  • Cuando el presunto delincuente posea un arma letal, aunque luego de los hechos se comprobase que se trataba de un símil de un arma letal.
  • Cuando se presuma verosímilmente que el sospechoso pueda poseer un arma letal.

La resolución explica que se entenderá que el delincuente hará uso del arma de fuego cuando sea parte de una banda y "otro miembro del grupo posea un arma o haya efectuado disparos". También cuando "efectuase movimientos que indiquen la inminente utilización de un arma".

El Reglamento para el uso de armas de fuego para las Fuerzas Federales de Seguridad:

Reglamento para el uso de armas de fuego para las Fuerzas Federales de Seguridad by Luis Keke Vidal on Scribd