|06/05/24 12:26 PM

Piden rebaja de tasa para calcular indemnizaciones laborales

La CAME, CONINAGRO y la Sociedad Rural hicieron una presentación en la Justicia basándose en que consideran "irracional" la decisión de la Corte Suprema en una causa

Por Redacción

06 de mayo, 2024 - 12:26

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (CONINAGRO) y la Sociedad Rural Argentina (SRA) se presentaron el viernes ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) para reclamar una reducción de la tasa que se paga en los créditos laborales para el cálculo de indemnizaciones.

"Esta nueva presentación se fundamentó en que la CSJN resolvió recientemente en una causa laboral la improcedencia de la capitalización anual y la irrazonabilidad de la tasa de interés anterior", expresaron las entidades en un comunicado conjunto elevado este fin de semana.
En ese sentido, destacaron que "en la causa, la capitalización periódica y sucesiva de intereses ordenada derivó en un resultado económico desproporcionado y carente de respaldo…" .

Las entidades opinaron que "en particular, aun cuando lo atinente a los intereses aplicables a los créditos laborales es una materia ubicada en el espacio de razonable discreción de los jueces de la causa, cabe apartarse de tal principio cuando la decisión cuestionada, amén de carecer de sustento legal, arriba a un resultado manifiestamente desproporcionado que prescinde de la realidad económica existente al momento del pronunciamiento".

Refiriéndose la decisión de la Justicia, en el documento distribuido a la prensa se asegura que "la CNAT fijó la actual tasa de interés pretendiendo adaptarse a los parámetros mencionados, no obstante, esta solución resulta igual o incluso más desproporcionada según el caso concreto".

"Es importante destacar que la tasa refiere a la aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia más el seis por ciento (6%) e implica fijar un índice de actualización como tasa de interés, lo cual, no se encuentra permitido por ley, y también ya fue esbozado", señalaron las entidades.

"Como conclusión, ratifican la solución brindada en la presentación anterior en el sentido de que la tasa no puede ser superior a la que se fija para juicios por alimentos en materia civil", finaliza el comunicado tripartito dado a conocer este viernes.