|20/03/19 09:14 PM

ANSES NOTICIAS | La justicia falló en favor de jubilados y podrían cobrar un MONTO EXTRA

La Administración Nacional de la Seguridad Social perdió un juicio contra un beneficiario de ANSES y la Cámara Federal I ordenó dejar sin efecto la Ley de Movilidad sobre este caso. La diferencia supera los $1000. De mantenerse la jurisprudencia sobre el último dictamen, jubilados y pensionados podrían recibir en junio una suba del 9% al margen del 12% pactado por normativa vigente.

Por Redacción

21 de marzo, 2019 - 07:27

La justicia federal dictaminó, una vez más, en favor de los jubilados.

Para los camaristas Lucas y Perez Tognola (Sala I Cámara de la Seguridad Social), el incremento del 5,7% otorgado en marzo del 2018 (Ley de Movilidad), es inconstitucional y ahora se deberán actualizar los nuevos haberes. Esto puede trabarse si, desde la Administración Nacional de la Seguridad Social, apelan la medida que dejaría todo en cero. O sea, sin aumento.

Aquí, vale la pena recordar que en el 2018 los adultos mayores retirados que aportaron a la caja de la Administración Nacional de la Seguridad Pública perdieron entre $10.500 y $11.300. 

Según el dictamen, los argentinos dentro del SIPA debían cobrar un 14,5% y es por eso que se solicita se acredite la Fórmula de Movilidad anterior. "La aplicación retroactiva aludida vulnera los principios de progresividad y de no regresividad de los derechos económicos, sociales y culturales, consagrados en los Tratados Internacionales de DD.HH”.

Luego, agrega el dictamen, sobre la diferencia en desventaja para los jubilados y pensionados. "Claramente, dicho subsidio extraordinario no alcanza a paliar el gravamen producido, desde el momento en que es otorgado por única vez, y no se aplica a la totalidad del universo de beneficiaros sino solo a aquellos que su prestación es inferior a la suma de $10.000. El subsidio inicial fue de entre de $375 y $750". 

La nueva fórmula (N° 27426) fue sancionada y reglamenta por el Congreso Nacional el 29 de diciembre del 2017 a 2 días para el cierre del cálculo del reajuste según la fórmula anterior. Pero el problema fue que la nueva ley “retotrajo” el cierre a septiembre de 2017 “y se produjo así un atraso de 6 meses en el período de referencia, y diferiéndose el último trimestre para el incremento correspondiente a junio de ese año”, señala la sentencia de segunda instancia.

¿DE CUÁNTO SERÍA EL AUMENTO JUBILATORIO A RAÍZ DEL NUEVO FALLO?

En la Resolución, los jueces ordenan reajustar los haberes de marzo del año pasado con la anterior fórmula, “debiendo empezar aplicarse a la nueva movilidad establecida por Ley 27.426 a partir del incremento correspondiente al mensual septiembre 2018”.

En otras palabras, de no apelarse el fallo, los jubilados que cobran la mínima podrían recibir un incremento inesperado en los próximos meses. La diferencia sobre dicho litigio legal es del 8,99% ($1.609), aunque todavía no hay precisiones sobre cuándo y cómo pagarían la abultada diferencia adeudada.

La jubilación mínima actualmente es de $10.410 y de aprobarse este cambio en la actual movilidad de haberes jubilatorios, el monto básico a partir de junio sería de $12.019.

FECHA DE COBRO PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (ABRIL Y MAYO)

En abril y mayo los jubilados y pensionados van a cobrar $10.410 de básico. El aumento anteriormente mencionado se podría efectivizar en junio cuando se actualicen los valores de la movilidad actual.