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Extranjeros clasificables

Una buena política de seguridad tiene que ser lo bastante inteligentecomo  para cuidarnos a todos sin vulnerar derechos humanos ni garantías constitucionales

11 de febrero, 2019 - 20:40

Como algo recurrente en la historia de los países la palabra “extranjero” empieza a adquirir connotaciones peyorativas, como un insulto o una diatriba, casi como que con ese mote justificamos parte o todos los males que nos aquejan. Por ahora circunscriptos al tema de la seguridad, pero a un corto paso de que esa condición empiece a cargar con otras culpas.

Tal vez sea muy prematuro advertirlo pero hay que tener cuidado. Cada vez se oye con más frecuencia, se lee en las redes o se piensa que hay una temible presencia de extranjeros responsables de delitos, acusados de vagancia, o que se han propuesto deliberadamente venir al país con un programa preestablecido para dedicarse a la supuestamente rentable industria del delito.

Esta tendencia empieza a ser alimentada desde usinas periodísticas mal informadas y utilizada hábilmente para esconder las deficientes políticas de seguridad, tanto a nivel de la Nación como de las provincias. 
Porque así como todos los habitantes (nacionales y extranjeros) tienen los mismos derechos en el territorio argentino, igualmente todos tienen que cumplir con las leyes. Entonces, la eficiencia de las policías para prevenir y/o aplicar las sanciones contra el delito cuenta para todos. 

Pero parece que se estuviera trasmitiendo el mensaje de que con la seguridad  todo bien, “estamos avanzando”, pero con los foráneos parece que no se puede, de manera tal que los fracasos ocurren por la acción de ese “componente indeseable” de la sociedad.

Aducir que somos una nación de inmigrantes y sus descendientes no sirve como argumento, porque aquí y en todo el mundo, se suelen olvidar los orígenes, más temprano que tarde, por esas cosas de amor a la tierra que “nos dio cobijo” o, sin ir más lejos, a la vuelta de la generación siguiente cuando se adopta esa especie de nacionalismo de barrio o de tribuna, el que poco aporta a “la patria somos todos” y sí bastante a “los de afuera vienen a jodernos”. 

El debate sobre en qué circunstancias se puede expulsar del país a alguien que, siendo extranjero, ha cometido un delito en la Argentina, ha disparado un debate que, si se encara con el debido conocimiento de las leyes, los principios éticos y morales de nuestro derecho interno y la conveniente actualización de las circunstancias, puede ser muy fructífero para saber dónde situarnos realmente.

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, aboga sin entrar mayormente en detalles que se debe impedir el ingreso al territorio nacional de los que tengan antecedentes penales en sus países de origen. Atendible pretensión que sería muy fácil de cumplir si hubiera un sistema de control eficaz en los miles de kilómetros de fronteras terrestres y fluviales, debidamente tecnificado, interconectado con los centros de información y complementado con las fuerzas de seguridad, por lo menos, de los países limítrofes. 

Pero no hay tal cosa; no se sabe cómo frenar al narcotráfico –minorista o mayorista– en la porosa frontera del Norte, faltan radares y si los hubiera suficientes no hay aeronaves para controlar el ingreso de contrabando en aviones de pequeño porte. 

Por ahora las exigencias de demostrar buenos antecedentes se limitan a los trámites de la Dirección de Migraciones para conseguir la radicación en el país y no se realizan en los pasos fronterizos, salvo sospechas fundadas, denuncias o “portación de cara”, algo que casi siempre va vinculado con la pobreza. Ejemplo cercano es el caso del israelí Gil Pereg, un tipo al que nadie hubiera querido como yerno, pero al que nunca se le cuestionó su ingreso al país y pese a sus extrañas actitudes se le permitió ejercer industrias lícitas y ser poseedor de una excesiva cantidad de armas, algo que muy pocos civiles de ciudadanía argentina pueden lograr sin despertar sospechas.

De acuerdo a la legislación con que se cuenta, si una persona de otro país comete un delito en la Argentina y tenemos la suerte que lo atrapen y la Justicia los condene debidamente, primero tiene que cumplir la pena en el país, salvo que exista un convenio con la nación de origen para que opte por cumplirla allí, algo que sería muy difícil de controlar. Y si bien el Estado argentino se sacaría el problema de encima, nada garantiza que en las condiciones actuales el tipo vuelva.

Todas esas preocupaciones de las autoridades se están retroalimentando por la percepción de una sociedad enojada por muchos motivos, que empieza a endilgarle parte de sus problemas a una población extranjera que tiene los más diversos orígenes y motivos para estar acá. 

Acá en Mendoza, miles de chilenos, bolivianos y peruanos que desde siempre han venido a trabajar; en un tiempo rusos, georgianos, ucranianos que vinieron después del colapso de la Unión Soviética, generalmente ligados a la danza y a la música; en otros tiempos sirios, libaneses, españoles, italianos, franceses y japoneses, y más cerca en el tiempo senegaleses, coreanos y chinos. Entonces es difícil prever si algún dilecto hijo de esas colectividades toma el camino del delito y si se lo detecta, por qué debe recibir un tratamiento diferente.

Ahora bien, el gobernador de Chubut, Mariano Arcioni, quiso cortar por lo sano en su provincia, de la cual no se conocen los índices delictivos, y decretó la expulsión de extranjeros que delincan y la prohibición del ingreso de aquellos que tengan antecedentes penales aunque hayan cumplido con las penas aplicadas por la Justicia. 

O sea que aquel que “haya pagado su deuda con la sociedad” tampoco puede entrar a Chubut. El conflicto va a surgir cuando alguien en esas condiciones invoque el derecho constitucional de transitar libremente por el país o le diga al policía patagónico que está prohibido que las provincias establezcan aduanas interiores ni nada que se le parezca. 

El viajero en esas circunstancias no se va a poder ahorrar el mal rato y el verdadero ladrón seguramente ya se las habrá arreglado para entrar a la provincia.

Nos preguntamos qué va a hacer Arcioni si algún galés de esos que tanto se enorgullece la provincia, comete algún tipo de delito grave y encima no tiene la ciudadanía argentina, ¿a dónde lo van a mandar? 
Porque también es extranjero...

Antecedentes poco alentadores

A pesar de la buena onda de la Asamblea del Año XIII y de la Constitución de 1853, en la Argentina hubo legislación que permitía y propiciaba la expulsión de extranjeros peligrosos. Cuando esa categoría se aplicaba a los que ponían en cuestión el “modo de vida occidental y cristiano de los argentinos” o el “sucio trapo rojo pretendía remplazar a la celeste y blanca”.

Como los conflictos sociales, como el ejército, también nacieron con la patria, en muchos casos los dirigentes gremiales que luchaban por derechos obreros eran socialistas o anarquistas españoles, italianos, alemanes, etc. era menester sacarlos del medio cuanto antes ante la menor sospecha, sobre todo cuando la protesta y el reclamo político sí estaba realmente criminalizado.

Fue en 1902, en el gobierno de Julio A. Roca cuando se sancionó en el congreso la ley 4.144 llamada de Residencia, la cual autorizaba la expulsión de extranjeros sin juicio previo. Por supuesto sirvió para echar a todos aquellos “revoltosos” primeros dirigentes sindicales que lucharon por los derechos de los trabajadores.

La ley rigió durante más de 50 años y también fue utilizada para expulsar a delincuentes foráneos implicados en la trata de personas durante los años '30. Fue incorporada a la constitución peronista de 1949 para expulsar a los “extranjeros indeseables”, otra peligrosa generalización. 

Fue el presidente Arturo Frondizi en 1958 quien a pocos meses de asumir la hizo derogar por la Ley 14.445 sancionada por el Congreso Nacional.