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Entró en vigencia la nueva Ley de Emergencia Económica

La norma fue promulgada este lunes y se publicó en el Boletín Oficial. Ya rige el 30% de recargo para operaciones con dólares

Por Redacción

23 de diciembre, 2019 - 20:39

El Gobierno publicó este lunes en el Boletín Oficial la Ley de emergencia de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, que de inmediato entró en vigencia, con la aplicación de recargos del 30% para operaciones en dólares, la suspensión de la actualización de jubilaciones por seis meses y el alza de retenciones al campo que puede llegar al 33% en la soja.

La ley 27.541, que fue sancionada en 48 horas por el Congreso, permitirá aumentar la recaudación en unos US$ 7.000 millones de dólares anuales, unos $440.000 millones al tipo de cambio actual.

La norma prevé que si se contrata un paquete turístico en el exterior o se compra con tarjeta un producto de afuera del país, o se adquieren los US$ 200 autorizados para ahorro, tendrá que abonarse el impuesto del 30%, que se incluirá en la liquidación que recibe por los consumos

En el caso de los pasajes, si los mismos se contratan en pesos, quedarán eximidos.

Este impuesto no podrá ser descontado de ningún otro tributo ni solicitarse una devolución del mismo, como sucedía en años anteriores.

Los que realizaron la compra o el gasto antes de la ley no quedarán alcanzados por el nuevo impuesto.

También vuelve el IVA a los 13 alimentos que había sido suspendido por el gobierno anterior, por lo que subirán 21%, con excepción del pan, que tributa 10,5%.

En el caso de los autos, los que tengan valor de fábrica de hasta $ 1.300.000 (que son pocos) quedan exentos; los que salen de costo más de $ 1.300.000 y menos de $ 2.400.000 (gama baja) seguirán pagando la alícuota de impuestos internos del 20%.

Pero los de gama media que salen de fábrica por un valor igual o mayor de $ 2.400.000 tendrán una nueva tasa que es del 35%. Así, el costo de algunos modelos se encarecerá en su precio por más del 50%.

Si está incluido dentro del grupo de consumidores definidos como "vulnerados" (de bajos recursos), recién cuando esté implementado el beneficio recibirá una devolución sobre el total que consumió con su tarjeta, de un importe a determinarse.

El rendimiento de este año por plazos fijos en pesos y el obtenido por títulos públicos en pesos tendrán que pagar el llamado "Impuesto a la renta financiera", del 5% calculado sobre el importe que excede de $ 103.018,79.

Recién los rendimientos que se obtengan en 2020, por la nueva ley quedarán eximidos de tributar.

En cambio, el que atesoró dólares durante el año queda eximido de tener que pagar.