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Diez medidas que comienzan a regir con la Ley de Emergencia Económica

Delegaciones de poderes, suspensión de movilidad jubilatoria, impuestos al dólar, beneficios de la AUH son algunos de los aspectos cruciales de la nueva norma. El Poder Ejecutivo podría vetar algunas modificaciones

Por Redacción

21 de diciembre, 2019 - 18:01

El Gobierno nacional sancionó este madrugada la ley de Emergencia Económica que fija, entre otras medidas, un nuevo impuesto sobre el dólar, restablece las retenciones agropecuarias y suspende por 180 días la movilidad jubilatoria.

La ley, oficialmente denominada "Solidaridad Social y Reactivación Productiva", constituye el arranque de la gestión de Alberto Fernández, que logró pasar su primer desafío parlamentario: el proyecto se aprobó el viernes a la mañana en la Cámara de Diputados tras 20 horas de debate y tras varios cambios, el Senado la recibió por la tarde y le dio sanción definitiva en la madrugada de este sábado.

Las siguientes son algunas de las medidas que comenzarán a regir con la nueva ley de Emergencia Económica:

  • Se declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.
  • Se delegan facultades del Congreso al Poder Ejecutivo para hacer cambios en todas esas áreas.
  • Establece un impuesto del 30% sobre la compra de dólares para ahorro, gastos con tarjeta y compra de servicios con la excepción de los pasajes abonados totalmente en pesos.
  • Suspende por 180 días la movilidad jubilatoria.
  • Establece un nuevo esquema de retenciones.
  • Fija un plan de regularización de deudas para pymes.
  • Autoriza al Ejecutivo a revisar el cuadro tarifario del sistema energético y a intervenir los entes reguladores del gas y la electricidad, ENARGAS y ENRE, respectivamente.
  • Aumenta en forma progresiva el impuesto a bienes personales, con la excepción de los bienes que no superen los 3 millones de pesos.
  • Faculta a la AFIP a establecer un régimen de reintegros para personas humanas que revistan la condición de consumidores finales.
  • Se eliminó el artículo que obligaba a empresas de medicina prepaga a aumentar sus aportes al fondo solidario de redistribución del sistema.