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Los delitos de corrupción no tienen vencimiento

17 de septiembre, 2018 - 17:27

Quienes roban dinero público de nuestros hospitales, nuestras escuelas, los programas sociales y las rutas no pueden tener de aliado al tiempo, jamás. Tienen que cumplir sin excepciones las sanciones previstas por la ley.

En el país de la grieta y los desencuentros hay una cuestión que mueve el amperímetro de una mayoría enorme de la sociedad: la corrupción. Siempre. Más allá del contexto económico o las preocupaciones lógicas y habituales sobre la seguridad. El enriquecimiento ilícito de funcionarios y el desprecio por lo público -con todo lo que eso implica- provoca un vivo rechazo en los argentinos. Una bronca dignísima podríamos decir.

Dos semanas atrás, en el marco de la causa IBM-DGI, la Cámara Federal de Casación Penal declaró la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción. En la misma se investiga el pago de sobreprecios por parte del Estado Nacional, aproximadamente por 120 millones de pesos (paridad 1 a 1 con el dólar en ese momento), durante el proceso de informatización de la en ese entonces Dirección General Impositiva en la década del noventa. Actualmente están acusados tanto ex funcionarios del Gobierno como ejecutivos de la multinacional IBM.

Es de innegable trascendencia la declaración de la Cámara. Sin ir más lejos, para el futuro de la investigación en curso en torno a los llamados cuadernos de las coimas, que registran pagos ilegales en la obra pública durante los tres gobiernos kirchneristas, esta decisión puede ser importantísima.

Pero es imprescindible también que nuestra legislación refleje esta decisión. La jurisprudencia judicial no tiene el mismo peso que una ley nacional, votada por los legisladores de todo el país. Por ello presenté un proyecto en la Cámara de Diputados para modificar el Código Penal en esta dirección.

Tomando como base los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos y la Constitución Nacional, la modificación plantea que el instituto de la prescripción resulta inaplicable tanto para los delitos sometidos a jurisdicción de la Corte Penal Internacional, es decir, crímenes de guerra, genocidio y lesa humanidad, como así también cuando se cometieren delitos contra el orden institucional y el sistema democrático.

En pocas palabras, es nuestra ley fundamental determina que “atentará asimismo contra el sistema democrático quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento”, es decir, quien cometiere delitos de corrupción.

Allí está todo dicho. Como en tantos otros temas, la respuesta la tenemos en nuestra Constitución. Es una prioridad absoluta e irrenunciable del Estado prevenir, disuadir y castigar los delitos de corrupción. Muchas veces las cifras de sobornos o coimas que trascienden son de tal magnitud que nos resultan cuasi irreales. No debemos olvidar que ese dinero es de todos.

Agradezco profundamente a los diputados Mena, Zamarbide, Borsani, Mendoza, Rista y Martínez por su apoyo activo a esta iniciativa. Esperamos que llegue pronto al temario de las comisiones correspondientes y que el debate en el pleno refleje la envergadura que tiene la corrupción para nuestra sociedad.

El nombre de la coalición que integra mi partido y gobierna la Argentina no puede ser más gráfico: Cambiemos. Hace tres años la UCR, el Pro y la Coalición Cívica rubricamos un acuerdo electoral que la sociedad pedía hace tiempo. Hoy, estamos demostrando que no vinimos de paseo sino a transformar de una vez y para siempre nuestro país.