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Ley de Góndolas: qué productos incluye y cómo serán las categorías

El Gobierno determinó que la Subsecretaría de acciones para la defensa de las y los consumidores será la encargada del control. Comercios barriales quedaron excluidos de la norma 

Por Redacción

28 de enero, 2021 - 10:24

La Secretaría de Comercio Interior estableció las primeras especificaciones para la implementación de la Ley de Góndolas.

El objetivo de la normativa es brindar una mayor oferta en las grandes cadenas de supermercado y posibilitar un trato equitativo.

A través de la Resolución 110/2021 publicada este jueves en el Boletín Oficial, que determinó la superficie mínima que deben tener los comercios alcanzados por las disposiciones establecidas por la ley, cuáles serán los productos y cómo estarán conformadas las categorías.

Además, resolvió que la Subsecretaría de acciones para la defensa de las y los consumidores será la encargada del control y vigilancia de esta medida.

Entre otras cosas, la Ley de Góndolas determina que los comercios alcanzados deberán ofrecer al menos cinco productos de distintos grupos económicos por categoría.

La exhibición de los artículos de un mismo grupo económico no debe superar el 30% de la superficie en su categoría.

 

También establece que se destine al menos un 25% del espacio de exhibición para productos de pymes; y que como mínimo un 5% del espacio de las góndolas sea para artículos de empresas de agricultura familiar, campesina, indígena y de la economía popular.

 

Lo que dispuso el Gobierno

Según la resolución, la superficie mínima de venta al público que deben tener los comercios alcanzados por la ley será de 800 metros cuadrados, medidos desde la línea de cajas, y descontando los depósitos y espacios exclusivos para su personal.

Con estos criterios, se apunta a que los establecimientos comerciales alcanzados por la legislación sean aquellos de formatos de comercialización medianos e hipermercados. De esta forma, la norma deja afuera a comercios barriales.

Asimismo, estableció que serán alcanzados por la ley todos los productos alimenticios -excepto carnes, pescados y mariscos-, bebidas, artículos de higiene y cuidado personal, y de limpieza del hogar.

En los próximos días los listados serán publicados en la página web de la Secretaría de Comercio Interior y serán actualizados periódicamente.

En tanto, se definió que los productos que se comercialicen bajo el programa Precios Cuidados quedarán excluidos de las especificaciones mencionadas; tendrán criterios particulares de exhibición.