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La importancia de los protocolos en violencia de género

Muchas veces los mismos profesionales del derecho desconocen la importancia de los tratados y convenciones internacionales.

12 de mayo, 2021 - 08:54

Los protocolos existen mucho antes de que se pusieran de moda en su uso y divulgación por la pandemia que nos afecta. Tienen un papel de ordenamiento en distintas disciplinas y órdenes de la vida y en el derecho es tal vez son poco conocidos. 

Especialmente cuando hablamos de violencia de género y de los procedimientos que ordenan distintos tratados internacionales que al respecto ya celebrado la República Argentina.

En este mismo espacio es que El Ciudadano ha insistido recurrentemente en la necesidad de que los profesionales del derecho que tengan vinculación con casos de violencia de género se capaciten. En detalle nos referimos a los abogados, a los fiscales, a los jueces, hasta a los mismos empleados de cualquier repartición judicial.

 

 

Posiblemente un tema muy árido para muchos y muchas, pero hace a nuestros derechos, algo que deberíamos saber.

La aclaración de ciertos temas, aunque nos puedan aburrir, son importantes y necesarios.

Disculpando los inevitables tecnicismos es de esperar que el presente contenido despierte el interés de quienes hoy o mañana deban ejercer o resolver sobre temas de violencia de género.

“Es muy común el uso de la palabra protocolos sin que muchos sepan el alcance de este término. Los hay con mayúsculas y también con minúsculas. Los protocolos se usan con frecuencia para ordenar procedimientos. Surgen como instrucciones a las que debemos someternos, o por lo menos así pretenden quienes los elaboran. Algunos protocolos no dejan de ser meros instrumentos de la administración para ordenar prácticas, pero que se pretenden aplicar como si fuera una ley”, reflexionó la abogada mendocina Carolina Jacky.

 

 

Sin embargo, la letrada advirtió que “hay que tener mucho cuidado con estos protocolos muy propios del Poder Ejecutivo o del Poder Judicial, pero sin control legislativo. Es frecuente en el mundo del derecho descalificar a estos instrumentos y no darles valor, desmereciéndolos a la hora de dictar una sentencia”. 

“Esto sucede cuando no se diferencia entre protocolos en minúscula y protocolos en mayúscula, y es así como se violan derechos y garantías. ¿Es lógico, un protocolo no podría estar por sobre una ley, pero qué pasa con los Protocolos Facultativos de las Convenciones y Tratados?”, se preguntó Jacky.

Aunque parezca mentira mucha gente del derecho parece desconocer esta diferencia. Argentina tiene desde 1994 una nueva Constitución Nacional, aunque algunos solo hacen referencia a la de 1953 como si nada hubiera cambiado a partir del ´94.

La Constitución de 1994 incorporó como parte de ella algunos Tratados y Convenciones de derechos humanos, los que forman parte de ella.

 

 

La incorporación de instrumentos internacionales de derechos humanos que se integran a nuestra Carta Magna, hacen de ella un instrumento vivo que se adecua a los tiempos.

“A la hora de interpretar estos Tratados y su juego armónico con las demás normas constitucionales tengamos en cuenta algo muy importante. Y es que Argentina como Estado Soberano, firma un Tratado, el que luego lo presenta al Congreso Nacional para que sea aprobado por ley, y también para ser incorporado a la Constitución Nacional como tratado o convención de derechos humanos”, analizó con un ejemplo la especialista en violencia de género. 

Para esto último se requiere de los dos tercios de los votos del Poder Legislativo. Entonces, “una de las preguntas que debemos hacernos es si Argentina toma un compromiso internacional, aunque ese tratado altere normas anteriores, ¿debe cumplir con lo que se comprometió?”, cuestionó.

 

 

“La respuesta debería ser sí, esto hace a la reputación de nuestro país. El Poder Ejecutivo representando al Estado argentino, cuando toma un compromiso, se supone que sabe lo que hace. Ese compromiso luego pasa por el Poder Legislativo, que aprueba lo realizado por el Poder Ejecutivo, y para incorporarlo a la Constitución Nacional debe contar con el voto de las dos terceras partes de ambas Cámaras”, respondió.

Se requiere el voto de la mayoría del arco político. También se supone que saben lo que hacen quienes forman parte de ese gran espacio. “En este caso esa Convención o Tratado es una norma superior a cualquier otra ley de fondo o de procedimiento y debemos cumplirla y hacerla cumplir”, advirtió.

Ahora bien, un “Protocolo Facultativo” es un tratado que complementa y completa un tratado de derechos humanos ya existente, y solamente los Estados que ya hayan aceptado las obligaciones de un tratado principal, lo hayan ratificado, pueden optar por ser partes de protocolos facultativos.

Argentina ha ratificado la Convención CEDAW, sobre eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, y también suscribió el Protocolo Facultativo.

 

 

Según Jacky, “esta Convención tiene rango constitucional, al igual que su Protocolo Facultativo. Este Protocolo dice que todo Estado Parte reconoce la competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer”. 

Y agregó: “Este Comité dicta Recomendaciones, también en mayúscula, generales y particulares para cada Estado Parte, las cuales son de cumplimiento obligatorio. Sorprende que hasta la fecha muchos tribunales y gente del derecho descalifique estas recomendaciones y nos hable del protocolo de CEDAW como si fuera un protocolo con minúsculas”.

“La falta de capacitación en Perspectiva y Violencia de Género ha desnudado este desconocimiento del Derecho Constitucional y Convencional. Para toda aquella persona que se precie de capacitarse en Perspectiva y Violencia de Género, y fundamentalmente los que deben actuar en el campo del derecho, saber de esta diferencia y hacer valer las Recomendaciones de CEDAW como mandatos constitucionales, es una obligación”, remarcó la mujer.

 

 

“En algunos fallos como en disertaciones realizadas por magistrados de Argentina podemos leer o escuchar cómo se nos habla de meras recomendaciones, de no copiar y pegar indicaciones dadas por un protocolo, y esto lo hacen desacreditando al Comité de la CEDAW y su Protocolo Facultativo. Así, es como se continúan discriminando los derechos de la mujer, algo que debemos cambiar”, cerró.