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El Gobierno informa nuevos exceptuados a tramitar el Certificado de Circulación

La medida tiene como objetivo descomprimir la página web que el gobierno puso a disposición para tramitar el nuevo documento para transitar en medio de la cuarentena

01 de abril, 2020 - 09:00

El Gobierno nacional publicó una lista de actividades exceptuadas a tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación, que fuera instaurado con el Decreto Nº 297/20.

Se trata de una extensa lista de personas afectadas a diversos tipos de actividades que se encuentran enmarcadas dentro de las excepciones que ya habían sido comunicadas. Ahora se determinó que no hará falta que tramiten el nuevo documento para poder transitar.

Según lo publicado en el Boletín Oficial del miércoles, "exceptúase de la obligación de tramitar y portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – COVID-19” a las personas incluidas en los supuestos previstos en los incisos 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 21 y 24 del artículo 6º del Decreto Nº 297/20".

Exceptuados a tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación

1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

2. Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

21. Servicios postales y de distribución de paquetería.

24. S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.

Para todas estas actividades seguirán en vigencia las autorizaciones que ya han sido puestas en funcionamiento desde el establecimiento de la cuarentena obligatoria. Según la norma publicada, continúan siendo válidos los documentos que "diversas jurisdicciones y entes descentralizados del sector público nacional han diseñado y puesto a disposición de la población modelos de formularios, guía de trámites, protocolos y planillas disponibles en sus páginas web oficiales, destinados a encauzar la necesidad de los exceptuados de acreditar tal circunstancia frente a las autoridades que así lo requirieran".

El objetivo de esta medida es descomprimir la página web que dispuso el gobierno para tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación, que por estos días se ha visto desbordada. "Corresponde adoptar los recaudos para que la plataforma a través de la cual debe encauzarse la obtención de tal certificado lo haga en forma eficiente y oportuna, evitando una demanda excesiva que comprometa su operatividad".

Si no estás en este nuevo listado, tenés que ingresar a la web para tramitar el Certificado Único Habilitante de Circulación, haciendo clic acá.

 

El Boletín oficial

Nuevos exceptuados a tramitar el Certificado Único de Circulación by Luis Vidal Correa on Scribd