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Es oficial el congelamiento de alquileres y suspensión de desalojos

La medida, dispuesta por el Decreto 66/2021 y publicada en el Boletín Oficial, alcanza a los inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados

Por Redacción

30 de enero, 2021 - 12:45

En lo que significa un alivio momentáneo para los inquilinos el Gobierno nacional oficializó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que extiende hasta el 31 de marzo el congelamiento de alquileres, prórroga contratos y suspende desalojos. Además aumentó de seis a doce el número de cuotas para saldar deudas por diferencia de precio o falta de pagos con el objetivo de generar una política de desendeudamiento para las familias que acumularon números en rojo durante todo el año de pandemia del coronavirus. 

La medida, dispuesta por el Decreto 66/2021 y publicada este sábado en el Boletín Oficial, alcanza a los inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados.

La norma prorroga el congelamiento del precio de las locaciones de los contratos de locación de inmuebles hasta el 31 de marzo y rige para cada cuota mensual. Además, extiende la vigencia de los contratos de alquileres con vencimientos pactados por contrato durante la vigencia del decreto. Se abren varias opciones: los inquilinos podrán hacer uso de estos dos meses para permanecer en sus hogares aún con el acuerdo finalizado; dar por cerrado el mismo antes del 31 de marzo o mantener la fecha pactada.

Estas disposiciones se aplican a inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural; habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares; inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias; inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias; inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión; inmuebles alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) y por Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INAES.

Uno de los puntos más importantes es la prórroga de la suspensión de desalojos, también hasta el 31 de marzo. La misma rige para todo el territorio nacional y alcanza a los lanzamientos ya ordenados y que no se realizaron antes de la fecha de entrada en vigencia del decreto.

Además determina la extensión del número de cuotas para abonar deudas, ya sea por congelamiento de actualizaciones o falta de pago mensual. Los saldos negativos generados por la diferencia entre el monto acordado contractualmente y el efectivamente aplicado - o sea, sin aumentos semestrales - se podrán saldar en doce meses con pagos mensuales, iguales y consecutivos a partir de la finalización del decreto y sin intereses.

En tanto, las deudas generadas por falta de pago también podían abonarse en 12 cuotas pero con intereses compensatorios

La continuidad del beneficio constituyó un reclamo por parte de sectores como Inquilinos Agrupados, que advirtió sobre una compleja situación para el sector que representa.