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Alberto Fernández anunció restricciones

El presidente dio detalles de las nuevas medidas y parámetros sanitarios que serán tenidos en cuenta desde Nación, a raíz del aumento de los contagios por el golpe de la segunda ola de la pandemia

Por Redacción

30 de abril, 2021 - 10:09

El presidente Alberto Fernández realizó los anuncios de la nueva cuarentena en la República Argentina. En el mensaje indicó que seguirán la educación a distancia en las zonas de mayor contagio, de esta manera se renueva el enfrentamiento con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

"Las próximas semanas pueden ser muy duras en la ocupación de camas de terapia, por eso debemos continuar con las medidas para que a nadie le falte una cama para ser atendido", indicó el mandatario en un mensaje grabado en la noche del jueves.

"La cantidad de casos es realmente muy elevada. La situación epidemiológica en el AMBA es CRÍTICA. Y tenemos otras zonas con alta tensión sanitaria", explicó Fernández.

"Comprendo cada una de las dificultades que plantea este momento: económicas sociales, educativas", aseguró Alberto Fernández. "Cuando sucede una tragedia global como la pandemia, solo podemos elegir entre opciones limitadas".

"Estamos en la puerta del comienzo de las bajas temperaturas y del invierno. Debemos hacer un nuevo esfuerzo para bajar la circulación y disminuir los contagios", alertó.

 

Medidas anunciadas

Las nuevas disposiciones que tendrán lugar desde el 1° de Mayo al 21 de Mayo, inclusive, serán tenidas en cuenta según tres factores: la razón -es decir el aumento de casos en los últimos 14 días-, la incidencia -cantidad de casos sobre la población- y la ocupación de las camas UTI.

Además, Fernández informó que el país se dividirá en cuatro categorías según su situación epidemiológica:

  1. Baja
  2. Media
  3. Alto riesgo epidemiológico y sanitario 
  4. Alarma epidemiológica y sanitaria. 

Medidas generales todo el país:

  • Viajes grupales: se suspenden los viajes grupales de egresados y egresadas, de estudio y de grupos turísticos.
  • Reuniones sociales: se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas. 
  • Personas de riesgo: suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

 

Medidas para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio con menos de 40.000 habitantes:

En esta clasificación se tienen en cuenta los siguientes factores:

  • Razón: 0.8 a 1.2
  • Incidencia: entre 50 a 150 casos cada 100.000 habitantes.

Será facultad y responsabilidad de gobernadores adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

 

Medidas para zonas de alto riesgo sanitario y epidemiológico con más de 40.000 habitantes.

En esta clasificación se tienen en cuenta los siguientes factores:

  • Razón: mayor a 1.2.
  • Incidencia: mayor a 150 cada 100.000 habitantes.

Reuniones sociales: 

  • Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
  • Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.
  • La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
  • Cierre de casinos bingos, discotecas, y salones de fiesta. 
  • Horario de cierre gastronomía: se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs.

Prohibición de circulación:

Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar).

Aforo:

Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

Disposiciones locales y focalizadas de contención:

Buscarán limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

 

Medidas para zonas de alerta epidemiológica y sanitaria:

Actividades suspendidas:

  • Centros comerciales y shoppings.
  • Actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados. 
  • Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 de la mañana del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
  • Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles. 
  • Se prohíben los deportes grupales. 
  • Cierre de casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta. 
  • Horario de cierre gastronomía: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.
  • Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día (según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar).
  • Transporte publico solo para esenciales y autorizados.