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COVID: la misteriosa grieta en Argentina por las vacunas

Una de las discusiones más acaloradas en la sociedad por estos días se está dando sobre la obligatoriedad de la vacunación contra la COVID-19. 

18 de julio, 2021 - 10:50

Cada tanto nos sorprendemos con la capacidad argentina de generar grietas en torno a un asunto sensible para la sociedad y que ahora está ocupando al pensamiento de muchos en torno a un asunto que fue resuelto en diciembre de 2018.

Pero claro, como una de las grandes pasiones en Argentina es la de dividir aguas y tomar posiciones, por uno u otro bando, otro gran número de personas hoy asiste impávido a una discusión, diríamos, innecesaria.

El planteo que actualmente muchos resisten casi al borde del escandaloso mote de nazi, llegó a los medios de comunicación luego de que el gobernador de Mendoza, Rodolfo Suarez, solicitara "amablemente" que se respeten los turnos de vacunación contra la enfermedad conocida como la COVID-19

 

 

Fue cuando señaló puntualmente a los integrantes del grupo entre los 30 y los 39 años, que representa a los más desobedientes en cuanto a la regulación de la implementación de una política pública de control de las enfermedades prevenibles por vacunación.

NOTA: más adelante, en el presente contenido, se explicará por sí sola esta última consideración.

Es cierto, en estos últimos días se ha disparado la discusión de si las vacunas contra la COVID-19 deben ser o no obligatorias. Un poco más adelante en el presente informe se verá también la calificación de discusión innecesaria.

A mediados de semana, ante un posteo en la red social de Facebook, se abrió un debate que pareciera constituirse en una nueva grieta. La gran participación de gente y el robusto tono de la discusión fue advertido por distintos medios periodísticos, por lo menos de la provincia de Mendoza.

 

 

Así fue como salieron, tanto canales de televisión como diarios digitales a encuestar a su público. Los resultados de estas consultas dieron como resultado que alrededor de un 70%, en más o en menos, está a favor de la obligatoriedad.

Consultada la abogada mendocina Carolina Jacky marcó que “antes de entrar al tema de la vacuna por la COVID-19 no podemos dejar de recordar que en Argentina existe un calendario escolar de vacunas que es obligatorio. También para acceder a la Universidad exigen vacunas”.

“También para viajar a distintos lugares del mundo es requisito cumplimentar un cuadro de vacunas, quien no lo haga no puede visitar ese país. De acuerdo a como Argentina y otros países han actuado con relación a las distintas vacunas, el tema de la obligatoriedad no es novedad. También hay antecedentes donde la Justicia ha obligado a vacunar, por lo que debemos aprender que los derechos no son absolutos”, explicó.

Hoy en el mundo el debate sobre la obligatoriedad o no de vacunarse contra el COVID19 está avanzando y ya hay países que han tomado decisiones. “De distintas formas países como Francia, Grecia, Italia y Reino Unido han dado el puntapié inicial”, apuntó la profesional.

 

 

“En Grecia se ha dispuesto que solo las personas vacunadas podrán ingresar a bares, cines, teatros y otros espacios cerrados. Podríamos mencionar países de Indonesia, con normas muy duras contra los incumplidores a esta obligatoriedad, pero veamos que hasta el Vaticano, como Estado, desde febrero estableció sanciones a empleados que rechacen la vacunación, incluyendo el despido”, agregó.

Los que se oponen a la obligatoriedad, “como argumento mas serio, manifiestan que todas las vacunas existentes están en fase 3, por tanto, al no haber cumplido todo su ciclo nadie le puede garantizar efectos adversos”, reconoció la letrada.

Hoy lo único que se sabe es que todas las vacunas protegen, en un importante porcentaje, de la hospitalización. Otros hablan del derecho a elegir, de la libertad de decidir, de que la obligatoriedad, con sus consecuencias para quien no se vacune, sería un acto de discriminación.

“Estas personas que hoy son parte de ese algo más del 20% en contra de la vacuna y se presentan como liberales, en realidad demuestran una actitud anarquista y un desconocimiento absoluto de lo que son los derechos humanos”, lanzó Jacky.

 

 

La COVID-19 no es ni será la última enfermedad por un virus que la sociedad  mundial deba combatir. “En otras ocasiones todas las naciones establecieron la obligatoriedad de la vacunación para acceder a los derechos. En Argentina es obligatoria para acceder a la educación, también para acceder a ciertos trabajos y actividades”, manifestó la mendocina.

“La Justicia a nivel internacional ha sido pacífica en reconocer en los Estados la facultad de prevenir sobre salud y establecer condiciones para quien quiera vivir en sociedad. No vivimos solos, vivimos en sociedad. El individualismo no es una conducta permitida ante una pandemia, y es la propia sociedad la que debe cuidarse y requerir que el Estado la proteja”, amplió la abogada.

En este camino que nos ofrece el actual debate además se presenta otra alternativa para evitar la obligatoriedad, y esta es la de impulsar políticas que premien a quien está vacunado. Esto es algo que ya otros países y privados están llevando adelante. 

“Los Estados impidiendo que no vacunados puedan hacer trámites personales ante la administración pública. Exigiendo a sus empleados la vacuna frente a la pérdida de ventajas laborales respecto a los vacunados. También dando beneficios a aquellos privados que solo atiendan a vacunados”, repasó.

 

 

Y aconsejó: “Los privados, actualmente, podrían disponer la presentación del carnet de vacunación, que es un derecho de admisión perfectamente legal. Mi libertad termina donde empieza la del otro. Sin dudas se abre un gran debate, pero que tiene que resolverse rápidamente”.

“Todo aquel no vacunado, de contagiarse, puede ser el que facilite la aparición de una nueva cepa, y de esa forma complique a aquellos que sí están vacunados, más el consiguiente daño a la salud y a la economía, solo porque no quiso vacunarse”, amplió.

Jacky remarcó que “no hay que olvidar que tanto obras sociales como prepagas trabajan igual que una compañía de seguro. Todos los afiliados pagamos una cuota para tener servicio de salud, y estas empresas ante el evento deben cubrir nuestra atención”.

“¿Qué hace una compañía de seguro si manejamos una moto sin casco, o un auto sin cinturón de seguridad, o sin carnet, o con carnet vencido, paga igual el siniestro que aquel otro asegurado que teniendo el mismo accidente cumplía con todas las normas? ¿Por qué las obras sociales o prepagas tienen que atender igual a un vacunado que a otro, que pudiendo haberse vacunado no lo hizo?”, planteó.

 

 

Ahora si. Una vez permitido el derecho irrefutable de que cada uno pueda expresarse con total libertad, Jacky marcó un punto pasado por algo en la presente e innecesaria discusión: “Sin embargo, en tiempos de Mauricio Macri presidente de Argentina, se sancionó la Ley 27491 donde se estableció la obligatoriedad, con el objeto de regular la implementación de una política pública de control de las enfermedades prevenibles por vacunación”. 

“En su artículo 2 queda muy claro de lo que estamos hablando, para que no perdamos ni un minuto más en profundizar una grieta que lo único que hace es confundir a los ciudadanos y ciudadanas de la República Argentina”, cerró.

Art. 2º - A los efectos de la presente ley se entiende a la vacunación como una estrategia de salud pública preventiva y altamente efectiva. Se la considera como bien social, sujeta a los siguientes principios:

a) Gratuidad de las vacunas y del acceso a los servicios de vacunación, con equidad social para todas las etapas de la vida;

b) Obligatoriedad para los habitantes de aplicarse las vacunas;

c) Prevalencia de la salud pública por sobre el interés particular;

d) Disponibilidad de vacunas y de servicios de vacunación;

e) Participación de todos los sectores de la salud y otros vinculados con sus determinantes sociales, con el objeto de alcanzar coberturas de vacunación satisfactorias en forma sostenida.