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Cafiero aclaró que provincias y privados pueden comprar vacunas

El jefe de Gabinete explicó que no está prohibido, pero “con la escasez que hay en el mundo” los plazos de entrega pueden llevar varios meses

Por Redacción

08 de abril, 2021 - 09:00

Tras el anuncio que hizo el presidente Alberto Fernández, en el que comunicó nuevas medidas para hacerle frente a la segunda ola de COVID-19Santiago Cafiero, jefe de Gabinete, lo respaldó y habló sobre la compra de vacunas. 

"Cualquier gobierno provincial o municipal, o incluso los privados, pueden salir a comprar vacunas por su cuenta", aseguró el funcionario en diálogo con TN.

Se trata de una noticia por de más esperanzadora y solicitada, que agilizaría la campaña hacia la inmunización de la población argentina. 

"Quizás no nos detuvimos a explicarlo, pero desde el año pasado, no recuerdo el número de la ley (27.573), no está prohibido comprar vacunas por los estados provinciales", aclaró.

En el mismo sentido, remarcó que “con la escasez que hay en el mundo” los plazos de entrega pueden llevar varios meses.

Indicó, en tanto, que mientras rijan estas restricciones, apuntan a poder avanzar con el plan de vacunación, principalmente en "los mayores de 70 años, que son los que se mueren si contraen coronavirus”.

 

Nuevas restricciones

Por un lapso de tres semanas, el Gobierno nacional determinó:

  • Se suspenden para todo el país los viajes grupales de egresados, de estudio y de grupos turísticos.
  • En las zonas del país donde hay mayor riesgo epidemiológico y sanitario, se tomarán además las siguientes medidas. 

a. Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares.

b. Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.

c. Se suspenden actividades de casino, bingo, discotecas o cualquier salón de fiestas.

d. Se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.

e. Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23.

f. Se prohíbe la circulación entre las 0 y las 6 de la mañana de cada día. Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.

  • Específicamente, en el AMBA sólo podrán usar el transporte público de pasajeros trabajadores considerados esenciales, toda la comunidad educativa y aquellos que ya fueron expresamente autorizados.