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La Corte Suprema restringió las escuchas telefónicas con orden judicial

La decisión se conoce después de la publicación de las escuchas de funcionarios kirchneristas presos por corrupción, que aluden a una causa contra el fiscal Carlos Stornelli que los investiga y a otras cuestiones personales.

Por Redacción

19 de junio, 2019 - 16:29

La Corte Suprema de Justicia, con la firma de sus cinco miembros, instó este miércoles a los jueces a disponer escuchas telefónicas solo "con criterio restrictivo" y de forma "fundada",

Además, el Máximo tribunal alentó a la Comisión bicameral de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia a certificar que la AFI (Agencia General de Inteligencia) "no realiza tareas de investigación criminal ajenas a las expresa específicamente solicitadas como requerimiento de asistencia por los magistrados judiciales".

También requirió al Consejo de la Magistratura de la Nación a que, "en ejercicio de sus competencias constitucionales, formule un diagnóstico exhaustivo respecto del grado de aplicación de los criterios restrictivos en materia de interceptación de comunicaciones en el marco de las investigaciones penales". Y solicitó al Congreso de la Nación el pronto tratamiento del proyecto de ley destinado a "regular la cadena de custodia de las interceptaciones".

La decisión de la Corte Suprema llega en medio del escándalo abierto tras las repercusiones de la llamada Operación Puf, en donde se grabaron y difundieron escuchas telefónicas de detenidos y exfuncionarios kirchneristas en prisión, aseguró Infobae.

"Esta Corte Suprema de Justicia, como cabeza del Poder Judicial de la Nación y como supremo custodio y último garante del goce de las garantías individuales, sigue con preocupación los acontecimientos de público conocimiento vinculados a la difusión pública de la captación de comunicaciones, cuya interceptación y captación solo puede ser dispuesta por orden judicial en el marco de procesos penales en curso", señaló.

El máximo tribunal habló de la protección al derecho a la intimidad y privacidad fijada en la Constitución Nacional y los pactos internacionales, como uno de los valores "más preciados para la dignidad del ser humano" y recuerda que la Constitución veda las intromisiones arbitrarias de la privacidad.