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Estas son una por una las nuevas restricciones para Mendoza

Comienzan a regir desde este lunes 3 de mayo ya que el decreto se publicará esta noche en el Boletín Oficial

Por Redacción

03 de mayo, 2021 - 07:39

Tal como adelantó en la jornada del sábado el gobernador de Mendoza, Rodolfo Suarez, estableció nuevas restricciones para la provincia debido al aumento de casos de COVID-19. Las mismas comenzarán a regir desde este lunes 3 de mayo una vez que esté publicado en el Boletín Oficial el Decreto. Si bien las limitaciones son muy claras se deberá aguardar la letra chica para los detalles.

Según lo informado se suspenden las actividades en salas de juegos y casinos, al igual que las reuniones familiares y sociales, y las ferias en espacios públicos. Vuelve a entrar en vigencia la terminación del DNI para compras en comercios y reservas en restaurantes.

A través del Decreto N° 555, que se publicará esta noche en el Boletín Oficial, el Gobernador Rodolfo Suarez establece nuevas medidas sanitarias para Mendoza. Las mismas comenzarán a regir en toda la provincia, independientemente de la calificación de riesgo epidemiológico establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado por el Gobierno Nacional.

De esta manera, las medidas establecidas entran en vigencia desde este lunes 3 de mayo, salvo en General Alvear y en las localidades de Real del Padre, Villa Atuel, Atuel Norte y Jaime Prats, de San Rafael donde se mantiene vigente el Decreto N°540 publicado el viernes pasado. 

 

Las nuevas medidas

  • Continúa la alerta sanitaria entre las 23:30 y las 5:30, con excepción del personal afectado a las tareas consideradas esenciales.
  • Se mantiene la presencialidad en los niveles educativos Inicial, Primario y Secundario.
  • En el nivel Superior se propone la presencialidad física solo para aquellas actividades de práctica profesional docente y práctica profesionalizante que por su especificidad y complejidad requieran de la asistencia al entorno formativo.
  • Se suspenden las actividades en salas de juego y casinos.
  • Las actividades deportivas, habilitadas en espacios cerrados, podrán continuar desarrollándose siempre y cuando se garantice la adecuada ventilación de los espacios.
  • Tanto las actividades deportivas en espacios cerrados como al aire libre deberán realizarse sin presencia de público.
  • Quedan suspendidas las reuniones familiares y sociales, tanto en domicilios particulares como en espacios públicos al aire libre.
  • Las compras en comercios y reservas en restaurantes deberán realizarse según el esquema por número de terminación del DNI:
  1. Lunes y miércoles: DNI finalizados en 1,2,3,4 o 5.
  2. Martes y jueves: DNI finalizados en 6,7,8,9 o 0.
  3. Viernes, sábados y domingos sin restricciones.
  • Los cafés, confiterías y restaurantes deberán funcionar al 50% de su capacidad y con mesas con un máximo de hasta 6 personas. Todos podrán aplicar la modalidad “pase y lleve” y delivery.
  • Se suspenden las ferias en lugares públicos. Solo podrán realizarse aquellas que autoricen los intendentes y con estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.

Asimismo, continuarán los estrictos controles para el cumplimiento de las normativas vigentes tanto en el adecuado uso del transporte público, en el acatamiento a los protocolos vigentes en las actividades habilitadas y en el horario permitido para circular por fuera de la alerta sanitaria vigente entre las 23:30 a 5:30.

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