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Rigen fuertes multas por no cumplir las nuevas restricciones

Desde este martes habrá controles y sanciones para quienes no cumplan las nuevas medidas implementadas para frenar el aumento de contagios de COVID-19

Por Redacción

06 de abril, 2021 - 17:05

Este martes comenzaron a regir las nuevas restricciones para prevenir la segunda ola de COVID-19 y en Mendoza ya se realizan controles con puestos fijos y dinámicos en toda la provincia.

Además, el ministro de Seguridad Raúl Levrino se reunió con representantes de Gendarmería para planificar los operativos en todas las rutas y accesos al territorio provincial.

Entre las medidas que dispuso el Ejecutivo, se restringe la circulación de personas entre las 0.30 y las 05.30 en toda la provincia. Solo podrán circular los trabajadores esenciales.

En cuanto a las reuniones sociales y eventos en espacios habilitados, se estableció que se deberá obtener la previa aprobación de la Subdirección de Control de Eventos y Locales de Esparcimiento, dependiente de la cartera de Seguridad.

Rigen multas de $10 mil para quienes circulen sin permiso entre las 0.30 y las 05.30.

Estas acciones buscan reducir la circulación de personas y desalentar las fiestas clandestinas.

El decreto también dicta que, en las actividades al aire libre, la cantidad de asistentes estará determinada a razón de una persona por cada metro cuadrado de superficie y hasta un máximo de 250 personas.

Mientras que en los eventos en espacios cerrados debidamente habilitados, deberá limitarse la ocupación al 50 % del factor autorizado y con un máximo de 250 personas.

En ambos casos no podrán ubicarse más de seis personas por mesa, se deberá respetar la distancia de dos metros entre cada mesa y las normas sobre distanciamiento social, higiene y utilización de barbijo. 

 

Multas por circular sin permiso

En el caso de que una persona circule sin permiso será sancionada con multa de 10 mil pesos; mientras que el dueño del local o domicilio deberá pagar 50 mil pesos si no se cumplen las nuevas medidas vigentes.

También se realizará la pertinente denuncia en los términos del artículo 205 del Código Penal y/o artículo 119 bis del Código Contravencional Provincial, según corresponda.

Todas estas acciones  se realizan en conjunto con los municipios, quienes, según lo dispuso el gobernador Suarez, tienen facultad para controlar y sancionar en sus territorios.