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Mendoza autoriza el uso regulado y medicinal del cannabis

Fue sancionada la ley que regula la producción y la venta para uso médico y terapéutico

Por Redacción

29 de diciembre, 2020 - 19:27

 

En la jornada de este martes el Senado convirtió en ley el proyecto por el cual se regula la investigación científica y el uso medicinal y terapéutico de cannabis. La propuesta del diputado José María Videla (FR) fue aprobada por unanimidad y pasó al Ejecutivo para su promulgación.

Durante su tratamiento en el recinto, el senador Marcelo Rubio habló sobre la propuesta.  Expresó que el proyecto habla con respecto a la autoridad de aplicación,  que se podrá desarrollar, adoptar, y/o coordinar pautas y protocolos precisos de investigación, cultivo, producción, comercialización.

Continuando con lo aportado, Rubio explicó que se podrán coordinar las acciones que sean necesarias para promover el establecimiento, explotación de cultivos de Cannabis en todas sus variedades, su industrialización y/o transferencia de tecnología con fines científicos, medicinales y/o terapéuticos y desarrollar mecanismos destinados a implementar iniciativas económicas para la producción, transformación y/o distribución de derivados de grado médico.

Rubio además precisó que la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC), recibió a especialistas en el tema y el proyecto quedó listo para ser tratado en el recinto.

 

Ley Nacional

De esta manera Mendoza adhiere a la Ley Nacional N° 27.350 de "Investigación médica y científica del uso medicinal de plantas del género Cannabis SP y sus derivados”, siendo la autoridad de aplicación el Ministerio de Economía y Energía de la Provincia, en todas las etapas de la cadena de valor en conformidad con la normativa vigente.

Con esta legislación se promoverá la investigación, cultivo, producción y comercialización del Cannabis en todas sus variedades, así como también la industrialización y transferencia de tecnología con fines científicos, medicinales y terapéuticos, y desarrollar mecanismos destinados a implementar iniciativas económicas para la producción, transformación y/o distribución de derivados de grado médico.

Los Ministerios de Salud, Desarrollo Social y Deportes y de Economía y Energía, tramitarán ante el Estado Nacional, todas y cada una de las autorizaciones y convenios que fueran necesarios de conformidad con las exigencias legales de calidad, seguridad y eficacia requeridos por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) o el organismo que en el futuro la reemplace.

Asimismo, el Ministerio de Salud promoverá los acuerdos que sean necesarios con la cartera sanitaria nacional para simplificar y agilizar los trámites establecidos por la normativa nacional y provincial que regula la materia.

En tanto, el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia efectuará las reasignaciones presupuestarias para el cumplimiento de esta Ley.