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Mendoza Activa: quiénes pueden acceder y quiénes no

El programa tiene como objetivo fortalecer a las pymes en contexto de pandemia y ayudar a personas que decidan invertir para mover la economía local

Por Redacción

09 de julio, 2020 - 09:51

El Gobierno de Rodolfo Suárez presentó un plan que da alguna certeza ante un escenario inédito: 'Mendoza Activa', el cual estará a cargo del Ministerio de Economía y Energía, que tiene como objetivo dar oxígeno al sector privado, afectado por las medidas de aislamiento y el desplome de sectores productivos en Argentina, y así inyectar movimiento a toda la cadena productiva mendocina.

Para acceder a algunos de los programas, que además apuntan a preservar el empleo, la inversión y el flujo en la cadena de pagos, se deben cumplir una serie de requisitos que estarán disponibles en la web del Gobierno, una vez que estas propuestas sean aprobadas por la Legislatura de Mendoza.

 

¿Qué sectores participan?

Básicamente, podrán participar quienes presenten un proyecto de inversión en Mendoza en construcción, comercio, industria y agricultura. A cambio, los individuos, empresas y familias que participen obtendrán beneficios fiscales, bonificaciones, dinero en billeteras virtuales y acompañamiento permanente.

Las actividades deben representar un beneficio de todos los ciudadanos de Mendoza, ya que los fondos que se inyectarán representan un esfuerzo público y privado.

Por eso quedarán afuera del programa la compra de inmuebles o terrenos, la de vehículos, las especulaciones financieras, o la compra de franquicias, patentes, concesiones o llaves de un negocio ya existentes. Tampoco se refinanciarán pasivos.

“Primero las pymes invierten, nos traen la factura y el Estado a través de tres documentos le devolverá el 40% de la inversión”, explicó el ministro de Economía, Enrique Vaquié, quien también detalló que el instrumento será una “billetera electrónica” con la que luego podrán gastar en otros sectores locales, para que lo otorgado vuelva a familias, emprendedores y hacedores de Mendoza.

Quienes construyan, por ejemplo, tendrán una devolución de ese porcentaje en los primeros cien metros cuadrados. Igual modalidad se aplicará para comerciantes que compren stock, quienes tecnifiquen una pyme o quienes pongan dinero en agricultura.

 

¿Quiénes pueden ser admitidos y quiénes no?

Las consultas y aclaraciones relativas al programa serán gratuitas y accesibles para todos los mendocinos, y se podrán hacer en el correo: [email protected]. Las condiciones y los pliegos estarán disponibles en la página web del Gobierno de Mendoza.

Los que se postulen a estos beneficios podrán ser personas humanas o jurídicas radicadas en Mendoza:

  • En el caso de los individuos, deben ser mayores de 18 años y acreditar una inversión real en la provincia.
  • Las personas jurídicas deberán ser del sector privado, estar inscriptas debidamente en los registros como inversores, empresas o cooperativas autorizadas por la Dirección de Cooperativas a funcionar con esta modalidad.
  • También podrán participar fidecomisos que estén en el marco del concurso efectuado para acceder al Programa de Fomento a la Inversión Estratégica previsto en la Ley Provincial 9074, siempre y cuando hayan cumplido una serie de requisitos de avances de obra física o proyectos.

En tanto, quedan excluidos del programa:

  • Quienes hayan sido denunciados por no abonar la cuota alimentaria pautada por la Justicia de Familia, es decir, que deban cuotas para la manutención de sus hijos, quedarán automáticamente afuera de cualquiera de los beneficios del programa.
  • Pueden ser rechazados también quienes no adjunten la constancia de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a su jurisdicción, excepto para los casos en los que se vaya a emprender una edificación (Mendoza Construye).

También los postulantes que no expliquen al Ministerio las preguntas relativas a:

  • La existencia de inhibiciones, concursos y quiebras.
  • La existencia de deuda exigible impaga con ATM por créditos otorgados en el marco de la operatoria Emergencia Agropecuaria – Ciclo Agrícola 92/93, prevista en la Ley Provincial 6004 y concordantes, ya sea en calidad de tomadores de crédito o fiadores.
  • La existencia de deuda exigible impaga con Mendoza Fiduciaria S.A., por sí o en su carácter de administrador fiduciario de fideicomisos en los cuales el FTyC o la Provincia de Mendoza revistan el carácter de fiduciante.
  • No se pueden postular los concesionarios o contratistas del Estado Nacional, Provincial o Municipal, ya que el objetivo del programa es ayudar a los sectores más castigados del área privada.

 

Los plazos del programa

El programa se extenderá hasta diciembre de 2021 o hasta que los fondos destinados por el Ejecutivo y aprobados por la Legislatura se agoten. A partir de las presentaciones, un cuerpo colegiado para cada sector analizará cada una de las solicitudes.

Este cuerpo estará integrado por un representante del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y dos representantes elegidos por Ministerio de Economía y Energía, encargados de elaborar los pliegos específicos para cada programa.

A partir de la presentación, se podrá pedir documentación adicional a la adjuntada en las solicitudes.

  • Los documentos deberán presentarse en un plazo no mayor a 10 días hábiles. Igualmente, quienes se presenten y tengan deudas exigibles por impuestos no pagos, tendrán un plazo de 30 días para regularizar su situación.
  • El plazo de ejecución de cada proyecto no podrá exceder los 12 meses desde la notificación de adjudicación.
  • Los proyectos podrán presentarse de forma digital con toda la documentación exigida en el pliego, como constancia de CUIT o CUIL, CBU e inscripción en Ingresos Brutos y AFIP.