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Las compras en comercios también serán limitadas por el número del documento

Así está determinado en el decreto con la firma de Rodolfo Suarez que fue publicado en el Boletín Oficial

28 de abril, 2020 - 10:21

El Gobierno de Mendoza publicó en el Boletín Oficial el decreto reglamentario de la nueva etapa de la cuarentena, y trae novedades.

El lunes Rodolfo Suarez había informado sobre el régimen de terminaciones de documento nacional de identidad para los paseos sanitarios. La norma indica que este protocolo será aplicado para incluso en aquellas actividades ya vigentes como en la compra en supermercados, hipermercados, ferreterías y toda actividad o comercio que permita la acción presencial.

"Se dispone un sistema de turnos tanto para la prestación de tareas como para la asistencia a los distintos comercios, locales, y/o estudios de la forma que seguidamente se detalla".

Las salidas a comprar serán por terminación de DNI.

Según el decreto que lleva la firma del mandatario provincial:

  • Las personas cuyos documentos finalizan en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán asistir a los comercios habilitados solo los días lunes, miércoles, viernes, en horario de 08.00 a 18.00 horas. Los días domingos (en el caso en que tal actividad se realice) se autoriza en horario de 08:00 a 13:00 horas.
  • Las personas cuyos documentos finalizan en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán asistir a los comercios habilitados solo los días martes, jueves, sábados en horario de 08.00 a 18.00 horas. Los días domingos (en el caso en que tal actividad se realice) se autoriza en horario de 13:00 a 18:00 horas.

La publicación informa que quedan exceptuados de la presente limitación los turnos médicos, odontológicos y/o de cualquier tipo de prestación de salud debidamente fundada, como así también la compra en farmacias.

Además, para desplazamientos desde y hacia los lugares, en viajes cortos, se recomienda caminar o utilizar bicicleta para contribuir a liberar espacio en el transporte público y así permitir que quienes no tengan otra alternativa de traslado puedan utilizar el sistema público de transporte.

El incumplimiento de esta disposición será pasible de una multa de 5.000 pesos, según lo que se establece.