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Feminicidio o femicidio: de Julieta a Florencia

Piden que para luchar contra esos tipos de crímenes primero se debe cumplir con lo que ordena la Ley Micaela.

25 de diciembre, 2020 - 12:11

La muertes violentas de jóvenes mujeres en Mendoza, se diría, ya han llegado a transformase en insoportables. Tanto que el alma de los justos llora cada vez que se entera que en la provincia hay una menos. Aunque socialmente se le exija a la Justicia, y a las fuerzas de prevención, que hagan lo imposible para evitar lo evitable.

Pero al repasar algunos hechos indeseables algo hace ruido en esta provincia donde no todos los casos son analizados con el profesionalismo, la capacidad y el sentido común que toca directamente a la moral que se pretende demuestre la Justicia local.

Para ir directamente al punto ahora ponemos el acento en el caso de Julieta González, donde el autor de la muerte violenta de la chica se sintió, no hace mucho, ofendido al haber sido tratado de femicida. Nos referimos a Andrés Di Cesáre, quien en su momento entabló una demanda contra quien así lo rotuló: la abogada mendocina Carolina Jacky.

Lamentablemente la reflexión nace a raíz de Florencia Romano, por quien una buena parte de la población mendocina se movilizó para expresar el dolor por su muerte violenta, evitable, y por la falta de prevención y de cuidado que merecen las mujeres de parte de todas las instituciones públicas locales.

 

Diferencia inexplicables

Según la especialista en asuntos legales de violencia de género, Carolina Jacky, “nadie dudó en calificar como femicidio el caso de Florencia, aunque no se explica por qué Julieta González no recibió el mismo trato en la Justicia”.

¿Qué diferencia hay entre Florencia y Julieta?

“Han pasado más de 3 años del femicidio de Julieta, a manos del femicida, Andrés Di Cesare Melli, aunque el término no le guste al condenado y su familia”, espetó la letrada.

 

 

Jacky además se quejó respecto a que “tampoco le pareció bien al Colegio de Abogados de Mendoza, que abrió un sumario en el Tribunal de Ética  contra la querella por utilizar ese término. Así estamos en materia de capacitación”.

Esta falta de capacitación a la que aludió la profesional recayó “en el propio Colegio de Abogados. Esto no movilizó a ningún legislador. Silencio cómplice, ignorancia, decidía, poco importa. Las víctimas siempre están solas y solo sirven para hacer política”, dijo indignada.

Hoy el mundo político de la provincia de Mendoza se ha convulsionado por el femicidio de Florencia, “pero atrás ha quedado Julieta González y una madre que todavía espera una respuesta de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza”, apuntó.

“A más de un año de la condena y de ser recurrida en la Corte Provincial, la causa espera y una madre padece por esta larga espera. ¿Algún legislador se ocupó para averiguar qué pasa con la sentencia de Julieta González? ¿Harán lo mismo nuestros legisladores con Florencia? ¿Serán sus padres unas víctimas más de la decidida oficial?”, preguntó.

La doctora Jacky aclaró que “cuando digo oficial, me refiero al Poder Ejecutivo, al Poder Judicial y al Poder Legislativo. Hace pocos días atrás la Suprema Corte de Justicia dictó una sentencia donde ordenó capacitar al Ministerio Público Fiscal, al de la Defensa, a la Sala Administrativa de la propia Corte y también a los Colegios de Abogados de la Provincia de Mendoza. Estos últimos para que lo hagan con sus colegiados”, detalló.

 

Capacitación en deuda

Ya la Ley 26.485 de 2009 ordenaba capacitar, pero al parecer muy pocos le prestaron atención en una forma profunda.

El femicidio de Micaela, de quien la Ley 27.499 tomó su nombre, provocó que se dictara la tan promocionada y desconocida norma legal: “Todos hablan de ella, pero muy pocos la han leído”, aseguró la abogada.

“La Ley Micaela manda cumplir con la Ley 26.485, así de simple. Como si mañana dictáramos una ley que ordene cumplir con la ley de tránsito. A pesar de Micaela, seguimos sin cumplir con la ley”, añadió.

 

 

Para la defensora de mujeres: “Nuestras Universidades no capacitan en Perspectiva y Violencia de Género, y entiéndase que capacitar no es dar una charla, ni una diplomatura, ni un cursito. Capacitar es crear una materia especial, anual y obligatoria para todos los alumnos universitarios de todas las carreras”.

En ese sentido desafió: “O tomamos esto en serio o seguiremos teniendo Julietas, Micaelas o Florencias. Primero hay que formar capacitadores. Segundo hay que designar a un responsable de esta capacitación con jerarquía y facultades transversales a los tres poderes del Estado y superiores a las cabezas de los tres poderes”, enumeró.

Y volvió a la carga contra la clase política: “Deben trabajar nuestros políticos en crear este cargo y función. Denle poder para capacitar y terminemos con este Biri Biri de la capacitación”, marcó.

“Terminemos con la violencia y con la discriminación. Y hasta con las muertes por falta de capacitación”, solicitó.

 

Debida diligencia o en diligencia

Ilustró Jacky que “la ley dice que se debe actuar con la debida diligencia. Pero nuestras autoridades parece que entendieron que debían actuar como si fueran en diligencia, siempre llegan tarde”.

La falta de capacitación llevó como consecuencia que en el caso de Florencia “no se actuara con la debida diligencia. Florencia podría ser el primer caso en que se haga el planteo de feminicidio”, advirtió. Y deletreó: “Fe, mi, ni, ci, dio, que no es lo mismo que fe, mi, ci, dio”, diferenció.

“Si no sabés la diferencia, si llegás a decir que nuestro Código Penal no contempla el feminicidio, entonces estás en problemas. Te falta capacitación al igual que quien atendió el llamado del 911 en el caso Florencia”, aseveró.

 

 

“Feminicidio es distinto a femicidio. Y esto se aprende de la lectura y estudio de las Convenciones Internacionales, de las Recomendaciones de sus Comités de Seguimiento, y los fallos internacionales. Pero para qué hablar de esto, si ni atender una llamada sabés. Esperemos que Florencia deje sentado el precedente de feminicidio y el Estado aprenda cómo debe actuar”, consideró.

 

Femicidio

Este término fue acuñado en 1976 por la activista y escritora sudafricana Diana Russell, quien durante el Tribunal Internacional de Crímenes contra Mujeres, que se celebró en Bruselas, señaló que la palabra femicidio es la que mejor describe.

“Los asesinatos por parte de hombres, motivados por el desprecio, odio, el placer o el sentido de propiedad sobre las mujeres”.

No obstante, este término no se refiere sólo a quitarle la vida a una mujer. Russell también considera el proceso previo, que suele estar cargado de violencia, donde puede presentarse:

  • Abuso sexual
  • Tortura
  • Violación
  • Esclavitud sexual
  • Violencia física y emocional

 

Feminicidio

Esta palabra fue implementada por la antropóloga mexicana Marcela Lagarde, luego de los asesinatos en serie contra mujeres que por más de una década tuvieron lugar en Ciudad de Juárez sin que hubiera alguna respuesta por parte del Estado mexicano.

Para Lagarde, esta es la definición de Feminicidio:

“Son conjuntos de delitos de lesa humanidad que contienen los crímenes, los secuestros y las desapariciones de niñas y mujeres en un cuadro de colapso institucional. Se trata de una fractura del Estado de derecho que favorece la impunidad”

Precisamente esa impunidad del Estado para condenar los asesinatos de mujeres, es la que distingue el término feminicidio de femicidio.