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Ahora circular en Mendoza con luces bajas apagadas es falta leve

Para que entre vigencia la nueva reglamentación, el ejecutivo deberá promulgarla y publicarla en el Boletín Oficial. En los próximos días la ley será efectiva.

Por Redacción

06 de julio, 2021 - 19:58

Finalmente se aprobó en Mendoza el proyecto que intentará bajar las penas económicas por circular en un vehículo con luces bajas apagadas y ahora se considerará falta leve. La propuesta quedó efectiva tras la aprobación de un proyecto para modificar la Ley de Seguridad Vial 9024.

El monto de la multa que antes era de $15.400 (700 U.F.) pasará a $2.200 (100 U.F), sin descuentos. Las nuevas modificaciones fueron sancionadas este martes por la Legislatura y  ya pasó al Ejecutivo para su promulgación final.

Además, se incorporó a la Ley de Seguridad Vial, el sistema lumínico D.R.D (luces de circulación diurna), que algunos rodados nuevos traen de fábrica.

De falta grave a leve

Hasta hoy, el incumplimiento de la prohibición de circulación sin luces bajas correspondía una multa grave, que representa una sanción económica de 500 hasta 700 unidades fiscales (UF), es decir, entre $11.000 y $15.400. Con el cambio implementado en la Legislatura, a la infracción le atañe un resarcimiento de 70 a 100 UF, que a valores de hoy el monto oscila entre los $1.540 a $2.200.

El texto aprobado sustituye el inciso a) del artículo 51 de la Ley Provincial 9024, y establece que el uso de luces bajas es obligatorio “de forma permanente, excepto cuando corresponda luz alta y en los cruces ferroviarios; o luces de conducción diurna (DRL), excepto cuando por  situación de luz natural disminuida corresponda luces bajas”.

De igual forma, se modifica el inciso 3) del artículo 52, disponiendo la prohibición de circulación por la vía pública sin las luces bajas o luces de conducción diurna (DRL) encendidas desde el comienzo de la circulación”.