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Facilitan el método para hacer reclamos ante Defensa del Consumidor

El Gobierno entregó un instructivo para reclamar  ante la mala prestación de un bien o un servicio.Ahora, el trámite se puede hacer por correo electrónico

Por Redacción

12 de noviembre, 2018 - 09:57

La Dirección de Defensa del Consumidor, dependiente del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, sugiere que un reclamo siempre quede registrado de algún modo para su seguimiento y trámite, bien se trate de una queja por defectos de fábrica en un producto, nuevo o usado, adquirido en comercios habilitados, o bien por presunto incumplimiento en la prestación de un servicio, donde el consumidor debe asentar su reclamo y conservar evidencia de él.

Además, deberá suministrar prueba de su compra (factura, ticket, resumen de tarjeta u otra evidencia fehaciente) para vincular el consumo con el comercio denunciado. Sin esta prueba, la denuncia no podrá iniciarse.

Libro de quejas

Los comercios están obligados a disponer de un libro de quejas donde los consumidores puedan  asentar sus reclamos por demoras superiores a los 30 minutos en la atención en supermercados o pagos de sus servicios, por ejemplo.

También, los consumidores pueden expresar por escrito una presunta violación al trato digno en el ámbito de su compra o contratación.

Y el propietario o encargado del comercio tendrá a mano el dato preciso de la queja, junto con el contacto para poder resolver rápidamente el conflicto, en caso de que corresponda.

Denuncia formal

Existen distintas vías para cursar de forma sencilla el reclamo o denuncia de un consumidor. La Dirección de Defensa del Consumidor incorporó el sistema Tickets, para la recepción, seguimiento y respuesta de un reclamo ingresado por teléfono, correo electrónico o de manera personal.

El reclamo puede realizarse llamando al 148 (opción 3), en días hábiles, de 8 a 15, o bien escribiendo a [email protected].

Quien desee realizar una denuncia personalmente podrá hacerlo mediante turno previo, llamando al 148 (opción 3). En ese momento, recibirá indicación de día y hora para presentarse en la sede central con la documentación original que dará inicio a la denuncia.

En caso de encontrarse más cerca de una oficina municipal de Defensa del Consumidor, se le notificará esa circunstancia, junto con el domicilio de esa oficina.

Más facilidades, más denuncias, más resarcimientos

El rubro más denunciado durante 2018 en la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor fue el de servicios de telecomunicaciones, por lo cual ese organismo recordó que el proveedor no puede facturar productos que no estén incluidos en el contrato y subrayó que la empresa debe responder reclamos por deficiencias en tres días hábiles.

A lo largo del año, el sector que incluye servicios de Internet, telefonía móvil y fija, TV por cable y satelital abarcó el 27% de los reclamos. El motivo de denuncia más frecuente fue el de los inconvenientes con la prestación de servicios.

"Principalmente, por el incumplimiento total del servicio contratado (28%), por prestación defectuosa o parcial (24%); por la falta de procesamiento del pedido de baja (23%); problemas relacionados a la facturación (12%) y el incumplimiento de ofertas, promociones o bonificaciones (6%)", apuntó Defensa del Consumidor. 

En un comunicado, el organismo de la Secretaría de Comercio, brindó una serie de consejos para tener en cuenta sobre los servicios de telecomunicaciones.

Resaltó que si la empresa tiene que devolverle al cliente un monto determinado, “debe hacerlo con los mismos intereses" que cobraría si el usuario se demorara en un pago.

Según sostuvo, la empresa no puede cobrar intereses ni el servicio si no fue abonado por no recibir la factura. Subrayó que ninguna empresa puede exigir la compra de un equipo para poder acceder al plan elegido, mientras puntualizó que el crédito cargado a la línea tiene una validez de 180 días. 

En tanto, aclaró que los mensajes con fines publicitarios deberán contar con autorización previa y expresa del cliente.

Advirtió que la empresa debe responder los reclamos “por deficiencias e interrupciones en el servicio en tres días hábiles; por facturaciones, en cinco, y por un reclamo que no incluya los motivos anteriores, en diez".

También analizó que la compañía debe notificar “con 30 días de anticipación cualquier modificación en los precios del servicio; y con 60 días de anticipación, cualquier otra modificación contractual".