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Uruguay reabre sus fronteras: quiénes y cómo pueden entrar

El país empieza a abrir de a poco. Desde el 1 de septiembre pueden ingresar ciertos grupos. A partir del 1 de noviembre se habilitaría el turismo

Por Redacción

09 de enero, 2023 - 14:15

La pandemia de COVID-19 obligó a todos los países del mundo a tomar medidas, entre ellas el cierre de fronteras para evitar el mayor riesgo de contagio. Sin embargo, con las campañas de vacunación en marcha, muchos lugares empezaron a abrir y uno de ellos es Uruguay.

El Gobierno de Luis Lacalle Pou publicó el decreto que permite la reapertura de fronteras para las personas vacunadas y los argentinos podrán entrar, siempre y cuando se cumplan varios requisitos, es decir que el ingreso es para determinados grupos y habrá que esperar un poco más para la apertura del turismo.

¿Desde cuando se abren las fronteras?

De acuerdo con el decreto 279, se trata de una excepción adicional al cierre de fronteras actual con el fin de habilitar el ingreso de a poco. La idea es observar cómo evoluciona la pandemia para seguir avanzando hacia la apertura total.

Esta nueva habilitación, en la que podrán entrar diversas personas, empieza a regir desde el próximo miércoles 1 de septiembre hasta el 31 de octubre. Pasada esa fecha se podrá disponer una mayor apertura o no, de acuerdo a los contagios.

¿Quiénes pueden entrar? Requisitos

Se estableció que pueden ingresar los extranjeros que tengan propiedades en Uruguay, titulares de participaciones sociales o acciones de personas jurídicas y los beneficiarios finales de bienes inmuebles ubicados en ese país, que pueden además estar acompañados de sus familiares directos.

Estos son todos los requisitos:

  • Los propietarios mencionados anteriormente acompañados de sus familiares directos, aunque debe estar certificado por un escribano en Uruguay o presentar una declaración jurada de los bienes.
  • Sobre los familiares: incluye al cónyuge o concubino y familiares de primer grado (hijos, padre, madre) y segundo grado (hermanos, abuelos y nietos).
  • Están contemplados los casos en que el titular de un inmueble sea una persona jurídica, habilitando la entrada a personas físicas que sean socios de sociedades, accionistas o beneficiarios finales, mediante la declaración correspondiente ante el Banco de Uruguay.
  • Tanto el titular como sus familiares deberán demostrar que están vacunados contra el COVID-19, ya sea una o dos dosis de una vacuna aprobada en el país de origen, dentro de los 6 meses previos al ingreso a Uruguay y cumpliendo los plazos para lograr una inmunidad efectiva.
  • En el caso de menores de 18 años que aún no fueron inmunizados porque en su país no está aprobada la vacuna para su edad, deberán presentar hisopado negativo y cumplir un aislamiento de 7 días o bien hacer una cuarentena de 14 días. Los familiares deben hacer lo mismo.
  • Todos deberán acreditar un PCR negativo antes de viajar para evitar una cuarentena.
  • Contar con todas las declaraciones juradas y documentación necesaria.

¿Quiénes no pueden ingresar?

Según el decreto, "queda prohibido el ingreso al país de ciudadanos extranjeros provenientes de cualquier país" que no estén dentro de las excepciones ni cumplan los requisitos actuales. O sea que no pueden entrar turistas.

Además de los titulares mencionados, también están exceptuados de la prohibición los extranjeros residentes en Uruguay, tripulaciones de aeronaves o buques, choferes afectados al transporte internacional, diplomáticos, casos de protección nacional, situaciones justificadas de reunificación familiar, ingresos transitorios con fines laborales, entre otros.

¿Cuándo abren para el turismo y a todos los extranjeros?

Si todo sale bien, desde el 1 de noviembre se habilitaría el ingreso de cualquier persona extranjera, por ejemplo para fines turísticos, que tenga las dos dosis de la vacuna y presente un test PCR negativo, aunque sin necesidad de cumplir una cuarentena.