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Severa sanción de Conmebol a Boca por los incidentes con Mineiro

Seis jugadores fueron suspendidos por varios partidos y además multa económica. Los dirigentes Raúl Cascini y Marcelo Delgado no podrán ingresar a los estadios por 24 meses

Por Redacción

09 de octubre, 2021 - 11:32

El tiempo pasó y la sanción de Conmebol por los incidentes entre Boca Juniors y Atlético Mineiro luego del empate en Brasil por Copa Libertadores finalmente llegó. El ente emitió el fallo en que castiga severamente al equipo argentino.

La Confederación Sudamericana de fútbol responsabilizó a los Xeneizes como los protagonistas de los incidentes que se registraron en Belo Horizonte, en la eliminación en octavos de final.

Las sanciones más duras a futbolistas recayeron en los delanteros Cristian Pavón y Sebastián Villa, a quienes les aplicó seis fechas de suspensión, más sendas multas de 30 mil dólares a cada uno.

El zaguero Marcos Rojo, por su lado, recibió un castigo de cinco partidos, mientras que su compañero de defensa, Carlos Izquierdoz, fue sancionado con cuatro cotejos.

El mediocampista Diego "Pulpo" González fue suspendido por tres encuentros, mientras que el arquero suplente, Javier García, deberá purgar una inhabilitación de dos fechas.

En cambio, el defensor peruano Carlos Zambrano y el delantero que representa al seleccionado de Armenia, Norberto Briasco, recibieron sendas “advertencias” del Comité Disciplinario del ente organizador del fútbol en Sudamérica.



En tanto, Leandro Somoza (ayudante de campo) y Fernando Gayoso (entrenador de arqueros), en ese entonces integrantes del CT de Miguel Russo, fueron suspendidos por seis y tres partidos, respectivamente.

Además, Raúl Cascini y Marcelo Delgado, ambos integrantes del Consejo de fútbol, fueron suspendidos por 24 meses para asistir a cualquier evento o competición organizada por Conmebol, a partir de la notificación de la presente decisión.

Los hechos que se castigan se produjeron el miércoles 20 de julio en el estadio Mineirao, cuando el equipo en ese entonces dirigido por el técnico Miguel Angel Russo perdió por penales con Atlético Mineiro (1-3), luego de haber igualado sin goles en el cotejo desquite de una de las llaves de octavos de la máxima competencia continental.

Una vez terminado el partido, y a partir de algunas decisiones cuestionables del equipo arbitral (el VAR anuló un gol de Marcelo Weigandt por una finísima posición adelantada), los integrantes del plantel visitante se trenzaron en discusiones que terminaron en empujones hacia allegados del equipo brasileño, lo que derivó en que la Policía local intentase disuadir las acciones, por medio de la fuerza.

Comunicado completo de Conmebol

El comunicado:

«1º. SANCIONAR al Oficial Raúl Alfredo CasciniI con la PROHIBICIÓN DE INGRESAR A ESTADIOS en competiciones organizadas por la CONMEBOL por un periodo de 24 (veinticuatro) meses contados a partir de la notificación de la presente decisión. Asimismo, se impone una multa de USD 30.000 (TREINTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club Atlético Boca Juniors, de la Conmebol en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

2º. SANCIONAR al Oficial MARCELO ALEJANDRO DELGADO con la PROHIBICIÓN DE INGRESAR A ESTADIOS en competiciones organizadas por la CONMEBOL por un periodo de 24 (veinticuatro) meses contados a partir de la notificación de la presente decisión. Asimismo, se impone una multa de USD 30.000 (TREINTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club Atlético Boca Juniors , de la Conmebol en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

3º. SUSPENDER al Oficial LEANDRO DANIEL SOMOZA por 6 (seis) partidos. La presente sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la Conmebol. Asimismo, se impone al Oficial LEANDRO DANIEL SOMOZA una multa de USD 30.000 (TREINTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club Atlético Boca Juniors, en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

4º. SUSPENDER al Oficial FERNANDO GUSTAVO GAYOSO por 3 (tres) partidos. La presente sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la Conmebol. Asimismo, se impone al Oficial FERNANDO GUSTAVO GAYOSO una multa de USD 15.000 (QUINCE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club Atlético Boca Juniors, en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

5º. SUSPENDER al Jugador DIEGO HERNÁN GONZALEZ por 3 (tres) partidos. La presente sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la Conmebol. Asimismo, se impone al Jugador DIEGO HERNÁN GONZALEZ una multa de USD 15.000 (QUINCE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club Atlético Boca Juniors, en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

6º. SUSPENDER al Jugador SEBASTIÁN VILLA CANO por 6 (seis) partidos. La presente sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la Conmebol. Asimismo, se impone al Jugador SEBASTIÁN VILLA CANO una multa de USD 30.000 (TREINTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club Atlético Boca Juniors,  en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

7º. SUSPENDER al Jugador CRISTIAN DAVID PAVÓN por 6 (seis) partidos. La presente sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la Conmebol. Asimismo, se impone al Jugador CRISTIAN DAVID PAVÓN una multa de USD 30.000 (TREINTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club Atlético Boca Juniors , en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

8º. SUSPENDER al Jugador JAVIER HERNÁN GARCÍA por 2 (dos) partidos. La presente sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la Conmebol. Asimismo, se impone al Jugador JAVIER HERNÁN GARCÍA una multa de USD 10.000 (DIEZ MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club Atlético Boca Juniors, en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

9º. SUSPENDER al Jugador CARLOS ROBERTO IZQUIERDOZ por 4 (cuatro) partidos. La presente sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la Conmebol. Asimismo, se impone al Jugador CARLOS ROBERTO IZQUIERDOZ una multa de USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club Atlético Boca Juniors, en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

10º. SUSPENDER al Jugador FAUSTINO MARCOS ROJO por 5 (cinco) partidos. La presente sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la Conmebol. Asimismo, se impone al Jugador FAUSTINO MARCOS ROJO una multa de USD 25.000 (VEINTICINCO MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club Atlético Boca Juniors , en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

11°. Imponer al Jugador CARLOS AUGUSTO ZAMBRANO una advertencia.

12°. Imponer al Jugador NORBERTO ALEJANDRO BRIASCO una advertencia.

13º. Advertir expresamente a los Oficiales y Jugadores que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Artículo 31 del Código Disciplinario de la Conmebol, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

14º. Notificar al Club Atlético Boca Juniors y a los señores Raúl Alfredo Cascini, Marcelo Alejandro Delgado, Leandro Daniel Somoza, Fernando Gustavo Gayoso, Diego Hernán González, Sebastián Villa Cano, Cristian David Pavón, Javier Hernán García, Carlos Roberto Izquierdoz,  Faustino Marcos Rojo, Carlos Augusto Zambrano, Norberto Alejandro Briasco.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la Conmebol en el plazo de 7 (siete) días corridos desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta decisión conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario.

El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Código Disciplinario de la Conmebol. De conformidad con el Art. 67.5 del Código Disciplinario, la cuota de apelación de USD 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria».