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Monotributistas: los 7 descuidos que AFIP no dejará pasar

El organismo regulador controla la actividad de los contribuyentes desde distintos enfoques de información sobre sus finanzas

Por Redacción

28 de octubre, 2021 - 14:23

Durante los últimos años, la Administración Federal de Ingreso Públicos (AFIP) ha sido el ente encargado de la distribución y el control de algunos beneficios económicos para monotributistas y autónomos afectados por la crisis económica y sanitaria que atraviesa el país.

Uno de los programas más solicitados es el de créditos a tasa cero que, si bien está abierto a todos los contribuyentes prestadores de servicios incluidos en este régimen, exige cierta regularidad en los aportes mensuales y los métodos de facturación. Naturalmente, estos deben coincidir con el monto máximo anual que determina cada una de las 8 categorías (de la A a la K), pero esto no es lo único que AFIP revisa.

 

 

La actividad bancaria, el precio de los bienes y servicios facturados y el registro fiscal de los cobros son algunas de las cuestiones clave a prestar atención para no caer en la exclusión del monotributo o acumular deudas. En síntesis, las más importantes son las siguientes:

Actividades simultáneas

Si un contribuyente realiza más de tres actividades al mismo tiempo, o dispone de más de tres unidades que le generen ingresos (alquiler de tres inmuebles, por ejemplo), puede ser excluida del régimen simplificado y deberá empezar a tributar como responsable inscripto. Lo mismo pasaría si tuviera una actividad y dos inmuebles, por ejemplo.

Depósitos bancarios

Los montos de las cuentas bancarias declaradas no pueden exceder el máximo de ingresos brutos anuales de la categoría en la cual está el monotributista. En este caso, también se toma en cuenta el monto anual y corre la misma consideración que para el punto de los gastos personales en cuanto a otros ingresos ajenos al monotributo.

Precio de venta unitario

Cada unidad de bienes vendidos por los monotributistas tiene un límite; actualmente, no puede superar los $39.401,62 por cada unidad. Cabe recordar que si se prestan servicios o se brinda alquilet, la categorización que corresponde es como vendedor de cosas muebles. Además, la importación de bienes o servicios durante los últimos 12 meses es causa de exclusión del monotributo.

Gastos e ingresos

Mediante el cruce de datos de bancos, tarjetas y otras fuentes de información, AFIP controla que los gastos realizados en compras de bienes sean compatibles con los ingresos declarados. Además, si hay operaciones "en negro", es decir, sin facturas, el organismo prevé penalizaciones.

Ingresos por alquiler de local

Para los registrados como locatarios en el régimen simplificado, el tope de los alquileres es de $423.667,03 al año.  Además, el local no puede ser mayor a 200 m2. Los montos límite y las superficies alquiladas varían según las categorías del monotributo.

Facturación

La facturación no debe superar el tope anual de la categoría ni, mucho menos, el del máximo para el monotributo (categoría K, $3.700.000). Para controlar esto, la AFIP toma los últimos 12 meses previos a cada factura. Por lo tanto, cada vez que se emite un comprobante hay que sumar el año anterior a esa fecha para ver si se supera el límite.

Relación ingresos - compras

El total de las compras más los gastos de la actividad encuadrada en el monotributo durante los 12 meses anteriores no pueden ser iguales o superiores a:

- 80% del máximo del régimen simplificado para venta de productos.

- 40% del máximo de ingreso para la prestación de servicios.