¡Atención padres separados! La Justicia suspendió el régimen de visitas
El objetivo es cumplir con la cuarentena obligatoria y evitar que los niños se expongan a salir de sus casas
Por Redacción
24 de marzo, 2020 - 11:40
Con el objetivo de cumplir con el aislamiento obligatorio, la Suprema Corte de Mendoza emitió un decreto para suspender la modalidad de cuidado personal compartido y los regímenes de comunicación (solo se debe mantener por medios virtuales).
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Excepciones
Se puede trasladar a los niños por única vez solamente en estos casos:
- Regreso al hogar que funciona como principal centro de vida.
- Razones laborales: si el progenitor con el que están debe trabajar.
- Razones de salud o fuerza mayor: si el progenitor con el que están se enferma.
Para poder realizarlo, debe circular con una declaración jurada con los datos personales (nombre, DNI y domicilio) del progenitor que realiza el traslado y de los niños que traslada. (Para descargar la declaración jurada, has click AQUÍ).
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¿Quién realiza el traslado?
Previo acuerdo entre padres, el traslado puede tener dos modalidades:
- El progenitor con el que se van a quedar puede trasladarse a retirarlos del domicilio en el que están.
- El progenitor con el que se encuentran puede llevarlos al domicilio en el que se quedarán durante el aislamiento.