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Fe de Vida para jubilados: ¿hay que hacer algún trámite?

La Fe de Vida o Supervivencia queda nuevamente suspendida hasta fin de año. Todo lo que deben saber los jubilados y pensionados para cobrar

20 de junio, 2021 - 20:14

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) decidió volver a extender la suspensión del trámite de Fe de Vida o Supervivencia que debían realizar los jubilados y pensionados para el cobro de sus haberes.

El mismo vencía a fines de junio, pero en un comunicado la entidad que dirige Fernanda Raverta informó que en esta oportunidad se prorrogará hasta el 31 de diciembre para el cobro de las jubilaciones y pensiones de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre. Esto significa que los beneficiarios no van a tener que ir al banco para hacer el trámite.

¿Qué es la Fe de Vida?

La Fe de Vida o Supervivencia era la gestión que tenían que hacer los jubilados y pensionados para comprobar ante ANSES que todavía eran beneficiarios del sistema y que, por ende, todavía les corresponde cobrar sus haberes cada mes.

Se trata de un trámite engorroso para la mayoría ya que, si bien se podía hacer con la tarjeta de débito al realizar distintos tipos de operaciones con la misma, muchas personas que no usan tarjetas se veían obligados a los bancos o a una oficina de ANSES para colocar su huella digital.

Con la suspensión, ¿Tengo que hacer algún trámite?

Al no tener que presentar el formulario, los jubilados y pensionados van a cobrar si o si sus haberes todos los meses sin tener que hacer este ni ningún otro tipo de trámite. Esto se debe a que con la pandemia, los riesgos de contagio aumentan al tener que asistir para llevar a cabo este tipo de gestiones.

Entonces, los beneficiarios podrán quedarse en casa y no deberán presentar ninguna información. Sí podrán asistir al banco en el caso de cobrar por ventanilla, por ejemplo.

¿Hasta cuándo no hay que presentar la Fe de Vida / Supervivencia?

Queda suspendido hasta el 31 de diciembre, lo que significa que la Fe de Vida no tiene que presentarse en todo el 2021.

¿Qué pasa con las personas que no viven en el país?

De acuerdo al comunicado de ANSES, las personas que viven en el exterior pueden presentar, de forma excepcional, el certificado de supervivencia semestral (dos veces al año) ante el banco apoderado también hasta el último día de diciembre.

¿Se volverá a implementar la Fe de Vida?

Una vez que pase el contexto, podría volver a funcionar la Fe de Vida / Supervivencia. Sin embargo, el Gobierno viene trabajando para implementar un nuevo sistema totalmente digital, es decir por internet, para que jubilados y pensionados eviten tener que hacer el trámite tradicional.

La plataforma cuenta con un desarrollo 100% nacional y está a cargo del Registro Nacional de las Personas (Renaper), en conjunto con el Ministerio de Salud y ANSES.

Con este convenio ANSES tendrá en tiempo real los certificados de nacimiento y defunción de forma digital. Por ello no será necesario acreditar la fe de vida en las cedes del organismo.

¿Cómo hago para cobrar y hacer otras gestiones?

Los jubilados y pensionados podrán seguir sus actividades cotidianas y cobrar sus haberes por ventanilla en el banco o retirando el dinero en efectivo en un cajero automático, siempre según el calendario de pagos ANSES. Si usan tarjeta de débito, podrán seguir haciéndolo para realizar compras, pagar facturas, entre otras cosas.

Lo que sí indica además ANSES es que en el caso de ser necesario, los bancos deberán ofrecer alternativas menos engorrosas y no presenciales a los jubilados y pensionados.

En algunos casos se puede realizar una compra en cualquier comercio con una tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta de bancaria, de esa manera se sigue demostrando que estás dentro del sistema y se ahorra cualquier inconveniente relacionado.

Si no cobro la jubilación, ¿Puedo reclamar?

Debido a que ya es oficial que el trámite queda suspendido hasta el 31 de diciembre, en el caso de que un jubilado o pensionado vea que no percibió sus haberes como corresponde, puede hacer el reclamo presentando el formulario de haberes impagos.

Le corresponde a todos los jubilados y pensionados, quienes solo tienen que presentar el formulario y DNI. Deberán presentarlo en el banco y luego ingresar en Atención Virtual de ANSES con CUIL y Clave de Seguridad Social (si no tenés una o no la recordás, se puede generar en el momento).

Luego seleccionarán en el inicio "Reclamo beneficio no cobrado" para continuar y terminar el trámite. También se puede hacer de forma presencial en una oficina de ANSES con turno previo.