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Cómo es la cobertura médica de PAMI en las vacaciones

Algunas formas de atención requieren un trámite previo en el lugar de destino.

02 de enero, 2021 - 21:25

Arrancó la temporada de vacaciones y, aunque a raíz del contexto muchos deciden quedarse, otras personas aún tienen planes para pasar unos días en otras provincias.

Los adultos mayores son el principal grupo de riesgo, por lo que si son afiliados a PAMI, deberán conocer cómo funciona la obra social durante sus días de descanso para estar cubiertos en todo momento y lugar.

¿PAMI me cubre en las vacaciones?

Al viajar, y estar a más de 50 kilómetros de distancia de tu domicilio, agencia o UGL (Unidad de Gestión Local), la obra social brinda cobertura total. Esto quiere decir que la persona afiliada se puede atender en cualquier establecimiento que reciba PAMI y retirar medicamentos con receta en las farmacias adheridas, figurando como "afiliado en tránsito".

A su vez, también está cubierta por cualquier tipo de emergencia.

Recomendación: antes de viajar, es importante consultar en la agencia los números de emergencia del lugar de destino. También podés buscarlo a través de la página oficial del Instituto, donde sólo vas a tener que colocar la provincia a la que vas a viajar y hacer click en "BUSCAR". La página arrojará el resultado con el número de teléfono.

Para ingresar al buscador, click aquí.

También será importante consultar la dirección de prestadores de guardias médicas y de las agencias o UGL más cercanas a donde estés. Se recomienda llamar al 138 (PAMI Escucha) para conocer en detalle los datos.

¿La cobertura es dentro de Argentina?

Sí, al ser una obra social nacional, PAMI brinda cobertura dentro de Argentina, ya que no funciona en otros países. En el caso de viajar a un país limítrofe, se puede contratar un seguro de viaje privado para no estar desprovisto de atención sanitaria.

¿Hay que realizar algún tipo de trámite?

Para recibir atención en guardias o por emergencias, entre otras cosas "del momento" fuera del horario de atención de las agencias o UGL, no es necesario realizar un trámite. Sí deberás presentar tu DNI y credencial de afiliación a PAMI.

En el caso de necesitar atención dentro del horario de trabajo de las agencias o para obtener una receta para retirar medicamentos en una farmacia del lugar de destino, deberás solicitar una Orden Prestacional en la agencia más cercana.

Para acceder al buscador de farmacias de todo el país, click aquí.

Por otro lado, si una persona afiliada está bajo tratamientos médicos impostergables, se deberá presentar una orden en la agencia o UGL más cercana en el lugar al que viajás. Se trata de tratamientos por enfermedades crónicas o de larga duración que requieran determinado tipo de atención.

En el caso de tratamientos, deberás presentar:

  • Orden médica emitida por el prestador que te atiende habitualmente, como el médico de cabecera, indicando cuál es la práctica médica requerida. Por ejemplo, diálisis.
  • Justificativo médico que indique en detalle el motivo por el cuál la persona afiliada debe atenderse.
  • Una vez presentado, en la agencia o UGL de PAMI deberán entregarte una Orden Médica Prestacional de "afiliado en tránsito" para presentarla al médico, hospital o clínica al que vas a asistir en el lugar de destino para recibir tratamiento médico.

¿Quién puede realizar el trámite?

Puede hacerlo la persona afiliada, una persona apoderada o familiar.

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