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ANSES ¿Cómo saber si te corresponde cobrar AUH o SUAF?

Conocé las diferencias entre una prestación y la otra para poder acceder sin inconvenientes y saber qué beneficios les corresponde a cada una

12 de mayo, 2021 - 20:18

Ante la duda que tienen muchas madres o padres a quienes les corresponde recibir una asignación familiar por sus hijos a cargo, es importante que sepan algunas diferencias entre la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación Familiar por Hijo (SUAF) que paga todos los meses ANSES.

En primer lugar, una aclaración. Todos aquellos beneficiarios que ingresen a consultar las fechas de cobro de la asignación, verán que figuran las mismas bajo el título de "AUH-SUAF". Esto no quiere decir que sean lo mismo ni estén dirigidas al mismo grupo de personas, sino que ambas cobran en las mismas fechas a través de su cuenta bancaria.

En esta nota de El Ciudadano despejamos algunas dudas sobre AUH y SUAF y te orientamos para que sepas cómo acceder a estas prestaciones.

A quiénes les corresponde AUH y a quiénes SUAF

En el caso de que madre, padre o ambos tengan trabajo en relación de dependencia, es decir en blanco, o sean trabajadores monotributistas, les corresponde cobrar SUAF. Por el contrario, deben recibir AUH aquellas personas que no tengan trabajo en blanco ni presenten factura por su labor. En ambos casos pueden acceder teniendo hijos menores a cargo.

Les corresponde Asignación Universal por Hijo (AUH) a:

  • Personas desocupadas
  • Trabajadores no registrados (sin aportes)
  • Trabajadores del servicio doméstico
  • Monotributistas sociales
  • Personas inscriptas en "Hacemos Futuro", "Manos a la Obra" y otros programas de trabajo

En este caso, madre o padre puede cobrar la prestación sin necesidad de tener consentimiento del otro padre o madre, presentando el formulario de cobro de asignaciones familiares.

Les corresponde Asignación Familiar por Hijo (SUAF) a:

  • Trabajadores en relación de dependencia (Sistema Único de Asignaciones Familiares - SUAF)
  • Trabajadores monotributistas
  • Trabajadores de temporada con reserva de puesto de trabajo
  • Trabajadores que estén cobrando por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo
  • Trabajadores que cobren la Prestación por Desempleo
  • Personas que cobren la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra
  • Jubilados y Pensionados

Recomendación: es importante actualizar los datos en Mi ANSES. Esto es porque puede pasar que una persona que antes tenía trabajo quede desocupada. De esta manera y manteniendo actualizados los datos pueden cobrar el beneficio que les corresponde por derecho, es decir, AUH.

Qué sistema de obra social tiene cada asignación

Generalmente los beneficiarios de SUAF acceden a una obra social o prepaga para cubrir sus necesidades de salud. Esto es porque al ser trabajadores en relación de dependencia o monotributistas, por ejemplo, tienen aportes que se derivan a una obra social por derecho. También puede haber casos en los que con el cobro de sus haberes cada mes, puedan abonar una prepaga.

Por el contrario, AUH puede ser parte del Plan Sumar para garantizar su acceso a los servicios de salud. El plan se brinda a nivel nacional para todas aquellas personas que no pueden acceder a una obra social o prepaga.

SUAF por embargo no cobra Tarjeta Alimentaria

Cuando una persona cobra AUH, le corresponde a su vez cobrar la Tarjeta Alimentaria (de forma automática según calendario de pagos) y bonos como el de $15.000 que se otorgó en el AMBA para estos beneficiarios.

Sin embargo, a los beneficiarios de SUAF no les corresponde la Tarjeta Alimentaria, como tampoco en el caso de SUAF por embargo.

¿Cómo se cobra AUH y SUAF?

El Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) se cobra cada mes en la cuenta bancaria informada junto a la liquidación de su sueldo por su trabajo.

Por su parte, la Asignación Universal por Hijo (AUH), al no percibir un sueldo todos los meses, lo cobra directamente en una cuenta bancaria según las fechas de cobro que designa ANSES cada mes del año. Aunque recordemos que tienen el mismo cronograma de pagos.

También es importante saber que AUH tiene el 20% de retención todos los meses y SUAF no. En ese sentido, te recordamos que para cobrar el retenido se abrió la posibilidad de presentar la Declaración Jurada de ANSES, que se debe completar y presentar de forma obligatoria para percibir dicho importe retenido.

¿Qué trámite hay que hacer para cada asignación?

En el caso de AUH, primero deben actualizar los datos personales y familiares en Mi ANSES con Clave de Seguridad Social y luego cargar la documentación para iniciar el trámite en Atención Virtual.

En el caso de SUAF, es un trámite presencial con turno en una oficina de ANSES. Sin embargo, también deben primero actualizar los datos en Mi ANSES. Luego deberán reunir la documentación y solicitar turno por internet en la página web de ANSES, para luego asistir en día y horario asignados.

En ambos casos, se requiere un trámite previo para los hijos con discapacidad.